Prefacio al Libro de Concordia Cristiano1
Nosotros, los abajo nombrados electores, príncipes y estados del Sacro Imperio Romano Germánico, adherentes a la Confesión de Augsburgo, conforme a la condición y dignidad de cada cual brindamos nuestro debido servicio, amistad, deferente saludo y buena voluntad, así como también nuestra más respetuosa, humilde y voluntariosa disposición a todos y cada uno de los que lean este escrito nuestro, y al mismo tiempo les hacemos saber:
Es un sobresaliente favor de Dios que él en estos últimos días de este mundo pasajero haya dispuesto, según su inefable amor, gracia y misericordia, que la luz pura, inmutable y genuina de su evangelio y de su palabra, únicos medios que pueden traer salvación hayan vuelto a aparecer e iluminar clara y puramente a nuestra amada patria, la nación alemana, disipando la superstición y las tinieblas papales. Y por esta razón se preparó una nueva confesión extraída de las Escrituras divinas, proféticas y apostólicas. Fue presentada en alemán y en latín por nuestros muy piadosos y cristianos predecesores al entonces Emperador Carlos V, de grata memoria, en la dieta de Augsburgo en el año 1530, en presencia de todos los estados del imperio, y publicada y promulgada en toda la cristiandad a lo largo y ancho del mundo.
Subsecuentemente, muchas iglesias y escuelas aceptaron y defendieron esta confesión como el símbolo vigente en nuestros días de su fe en los principales artículos en controversia, en particular los referentes al papado y a toda índole de sectas. Y sin controversia o duda se refirieron y remitieron a ella como a la interpretación cristiana y unánime de todos ellos. Se refirieron y apelaron a la doctrina que ella contiene, pues sabían que era respaldada por los firmes testimonios de la Sagrada Escritura, y aprobada por los antiguos y aceptados símbolos, reconociendo así la doctrina como el único y perpetuo consenso en que la iglesia universal y ortodoxa se ha basado, que ha reafirmado repetidas veces, y por la cual ha luchado contra múltiples herejías y errores.
Es por todos conocido que poco después de la muerte del muy distinguido y piadoso Dr. Martín Lutero ocurrieron en nuestra tan querida patria alemana muchos acontecimientos peligrosos y disturbios penosos. En medio de esta angustiosa situación, y en medio de la desorganización del gobierno constituido, el enemigo de la humanidad astutamente empezó a sembrar las semillas de doctrina falsa y de la discordia y a causar divisiones destructoras y escandalosas en las iglesias y en las escuelas con el propósito de adulterar la doctrina pura de la palabra de Dios, destruir el lazo del amor y de la armonía cristiana e impedir así y demorar sensiblemente el curso del santo evangelio. Todos también saben cómo los enemigos de la verdad divina aprovecharon esta circunstancia para desacreditar a nuestras escuelas y a nuestras iglesias para así encubrir sus propios errores, desviar a las pobres y errantes conciencias para que no conozcan la doctrina evangélica pura, hacerlas más sumisas al yugo papal, e incluso hacerlas abrazar otras corrupciones2 que están en pugna con la palabra de Dios. Nada más grato podría haber acontecido—y así lo imploramos y pedimos al Todopoderoso—que tanto nuestras iglesias como nuestras escuelas hubieran sido conservadas en la doctrina pura de la palabra de Dios y en la deseable y fortalecedora unanimidad de pensamiento, tal como existía en vida del Dr. Lutero. Sin embargo, así como pasó en el tiempo en que estaban aún vivos, a saber, que falsos profetas introdujeron falsas enseñanzas en las iglesias en que los apóstoles mismos3 habían sembrado la palabra pura de Dios, asimismo sucedió que falsos maestros se infiltraron en nuestras iglesias por causa de nuestros propios pecados y la impenitencia y el pecado de un mundo desagradecido.
Conscientes de la tarea que Dios nos ha encomendado y que nosotros desempeñamos, no hemos cesado de esforzamos por combatir con diligencia las doctrinas falsas que han penetrado en nuestras tierras y en nuestros territorios y que lo siguen haciendo con suma insistencia; hacemos esto a fin de que nuestros súbditos sean preservados de desviarse del camino recto de la verdad divina que antes habían aceptado y confesado.
Teniendo en cuenta este propósito, nuestros dignos predecesores y también algunos de nosotros decidimos, a base del memorándum aceptado en Francfort del Meno en una reunión de los electores4 en el año 1558, reunirnos en asamblea general para discutir amplia y amigablemente diferentes asuntos que nuestros adversarios habían estado interpretando en detrimento nuestro y de nuestras iglesias y escuelas.
Más tarde nuestros venerables predecesores y algunos de nosotros nos reunimos en Naumburgo5 de Turingia. En esa ocasión consideramos repetidamente la Confesión de Augsburgo, la cual había sido presentada a Carlos V en la gran asamblea imperial en Augsburgo en 1530, y otra vez nos suscribimos unánimemente a esa confesión cristiana, basada en el testimonio de la verdad infalible de las Sagradas Escrituras para legar de esta manera a nuestra posteridad una defensa contra toda doctrina impura, falsa y contraria a la palabra de Dios. Hicimos esto a fin de testificar y manifestar ante su excelentísima Majestad Imperial Romana y ante todo el mundo, que no era en modo alguno nuestra disposición e intención adoptar, defender o diseminar una doctrina diferente o nueva. Al contrario, nos propusimos defender, con la ayuda divina, la misma verdad profesada en la Confesión de Augsburgo en el año 1530, abrigando así la esperanza de que los adversarios de nuestra doctrina evangélica pura se abstuvieran de formular cargos y acusaciones contra nosotros, y de que estimulara a otras personas sinceras a investigar con la mayor seriedad la verdad de la doctrina divina, como la única que trae salvación y eterna bienaventuranza al alma, sin necesidad de más argumentos y disensiones.
No obstante todo ello, para nuestro profundo pesar, se nos informó que esta declaración nuestra y la repetición de aquella confesión nuestra, muy poco fueron tomadas en cuenta por nuestros adversarios, y que ni nosotros ni nuestras iglesias nos libramos de las calumnias que se habían propagado. Además, que las cosas que hemos hecho con la mejor intención y el más serio propósito, fueron recibidas por los adversarios de la verdadera religión de modo tal que nos inculpan de no estar seguros de la confesión de fe y de haberla alterado tanto que ni nosotros ni nuestros teólogos sabían qué versión de la Confesión de Augsburgo fue entregada originalmente al emperador. Debido a estas falsas acusaciones de los adversarios, muchos corazones piadosos fueron aterrorizados y alejados de nuestras iglesias y escuelas, de la doctrina, la fe y la confesión. Además, a todas estas desventajas hay que añadir que bajo el manto de la Confesión de Augsburgo se introdujeron en nuestras iglesias y escuelas otras enseñanzas que estaban en pugna con la institución del santo sacramento del cuerpo y la sangre de Cristo.
Cuando algunos teólogos piadosos,6 amantes de la paz y eruditos, se dieron cuenta de todo esto, concluyeron que para contrarrestar estas calumnias y disensiones religiosas, que constantemente seguían aumentando, no había mejor manera que rechazarlas y condenarlas, basándose en la palabra de Dios, y exponer la verdad divina en la forma más clara posible. De este modo se podía tapar la boca de los adversarios, mediante sólido razonamiento, y brindar a los corazones simples y piadosos una clara y correcta explicación y guía a fin de que supieran cómo debían conducirse en estas disensiones y, ayudados por la gracia divina, evitar en lo futuro estas corrupciones doctrinales.
Al principio, dichos teólogos comunicaron los unos a los otros clara y correctamente, en extensos escritos basados en la palabra de Dios, la manera cómo las antedichas diferencias ofensivas se podían resolver y dar por terminadas sin alteración alguna de la verdad divina. De esta manera se podía abolir y hacer desaparecer el pretexto y fundamento que los adversarios buscaban. Por fin, consideraron los artículos en controversia, los examinaron, evaluaron y explicaron en el temor de Dios y redactaron un documento en que expusieron cómo se debían resolver de una manera cristiana las diferencias que habían surgido.
Cuando se nos informó del piadoso propósito de los teólogos, no sólo lo aprobamos sino que juzgamos que debíamos estimularlo con el mayor fervor y celo por razón del oficio y el deber que Dios nos había encomendado.
Por consiguiente, nosotros, el elector de Sajonia, etc., con el consejo y respaldo de algunos de nuestros hermanos en la fe, convocamos a varios teólogos prominentes, confiables, hábiles y doctos a que se reunieran en Torgau en el año 1576 con el propósito de fomentar la armonía entre los maestros de la iglesia. Con un espíritu eminentemente cristiano, dichos teólogos discutieron los unos con los otros los artículos en controversia que se acaban de mencionar. Por fin, después de invocar al todopoderoso Dios, y para su alabanza y gloria, tras madura reflexión y diligentes esfuerzos, compilaron en forma ordenada, por la gracia singular del Espíritu Santo, todo lo pertinente y necesario al fin que se perseguía, y formaron este libro.7 Más tarde fue enviado a un buen número de electores, príncipes y estados adherentes a la Confesión de Augsburgo con la solicitud de que ellos y sus principales teólogos lo leyeran con toda seriedad y celo cristiano, lo estudiaran en todas sus fases, expresaran su pensar y sus críticas por escrito, y nos enviaran su concienzudo parecer sin reserva alguna en cuanto a los pormenores. Después de recibidas las opiniones solicitadas, hallamos que ellas contenían muchas sugerencias cristianas, necesarias y útiles respecto de la manera cómo la auténtica doctrina cristiana, expuesta en la explicación que se les había enviado, podría ser fortalecida por la palabra de Dios y protegida contra toda clase de malentendidos perniciosos a fin de que en lo futuro no se ocultara en ella ninguna doctrina incorrecta, y que en cambio se pudiera transmitir también a nuestra posteridad. A base de todas estas consideraciones, y como resultado final de las mismas, se compuso la Fórmula de Concordia cristiana, tal como aquí la presentamos.
Y por cuanto hasta esta fecha no todos nosotros hemos tenido la oportunidad de dar nuestro parecer por razón de ciertas circunstancias especiales, como sucedió también en otros estados fuera de los nuestros, algunos de nosotros hicimos que este documento se leyera artículo por artículo a cada teólogo, ministro y burgomaestre en nuestras tierras y territorios, y que se considerara diligente y seriamente la doctrina que el mismo contiene.
Habiéndose dado cuenta de que, en efecto, la explicación de los artículos en controversia estaba en acuerdo total tanto con la palabra de Dios como con la Confesión de Augsburgo, las personas a quienes se les había presentado en la forma que acaba de indicarse arriba, testificaron con gozo y con gratitud hacia Dios todopoderoso, espontáneamente y con la debida consideración, que aceptaban y aprobaban este Libro de Concordia y se suscribían al mismo como la correcta interpretación de la Confesión de Augsburgo, cosa que afirmaron públicamente con sus corazones, labios y manos. Por consiguiente, este acuerdo se llamará y por siempre será la armoniosa y concordante confesión no sólo de algunos de nuestros teólogos en particular, sino en general de todos los que en nuestras tierras y territorios ejercen el ministerio y magisterio en las iglesias y escuelas.
Sin embargo, el ya mencionado y bien intencionado consenso a que llegaron nuestros predecesores y nosotros mismos en Francfort del Meno y en Naumburgo no logró alcanzar el fin que se tenía en vista con ese acuerdo cristiano. Más aún: algunos trataron de extraer de él la confirmación de su doctrina falsa, aunque nunca pasó por nuestros pensamientos y corazones el deseo de introducir, encubrir, apoyar o confirmar alguna doctrina nueva, falsa o errónea o alejarnos en lo más mínimo de la Confesión de Augsburgo según fue entregada en 1530. Los que participamos de las discusiones en Naumburgo nos reservamos el derecho, y así lo declaramos, de proporcionar detalles adicionales con respecto a nuestra Confesión en caso de ser atacada por alguien, o si en cualquier momento se hiciere necesario hacerlo. De acuerdo con esto, expusimos y reiteramos en este Libro de Concordia nuestro consenso unánime y la declaración definitiva de lo que creemos y confesamos.
A más de esto, para impedir que persona alguna quede perturbada por estos infundados alegatos de nuestros adversarios, a saber, de que aun nosotros carecemos de certeza acerca de cuál es la verdadera y genuina Confesión de Augsburgo, y para que nuestros contemporáneos y las generaciones venideras obtengan una información clara y concluyente en cuanto a qué confesión cristiana nos hemos adherido y remitido en forma permanente, nosotros y las iglesias y escuelas de nuestras tierras en lo que sigue nos proponemos atenernos entera y únicamente, en fidelidad a la pura e inmutable verdad de la palabra de Dios, a la primera Confesión de Augsburgo que fue presentada al Emperador Carlos V mismo en el año 1530 en la gran Dieta Imperial en Augsburgo. Dicha confesión se halla en los archivos de nuestros piadosos predicadores, quienes personalmente la habían entregado al Emperador Carlos V en aquella dieta imperial. Más tarde, la misma fue comparada con la mayor diligencia por personas capacitadas, con el ejemplar que se entregó al emperador y que permaneció bajo la custodia del Sacro Imperio,8 y de la cual tanto la edición en latín como la edición en alemán fueron de idéntico contenido. Por la misma razón hemos solicitado que la Confesión de Augsburgo entregada en aquel entonces se incorporara en el Libro de Concordia que sigue a continuación, a fin de que todos queden enterados de que hemos decidido no tolerar en nuestras tierras, iglesias y escuelas ninguna otra doctrina que la que fue aprobada en Augsburgo en 1530 por los electores, príncipes y estados del imperio. Procuramos, además, con la ayuda de la gracia de Dios, retener esta confesión hasta nuestro último suspiro, y comparecer ante el tribunal de nuestro Señor Jesucristo con corazones y conciencias libres de temor y llenas de gozo. También abrigamos la esperanza de que nuestros adversarios de aquí en adelante desistan de levantar contra nosotros y nuestras iglesias las ominosas acusaciones de que carecemos de certidumbre en lo que respecta a nuestra fe, y de que por esta razón estamos fraguando nuevas confesiones casi cada año o cada mes.
En cuanto a la segunda edición de la Confesión de Augsburgo, de la que se hizo mención en las discusiones en Naumburgo, nos consta a nosotros y a todos en general, y a nadie se le oculta, que con las palabras de esta otra edición, algunos han tratado de encubrir su error respecto de la santa cena, al igual que alguna otra doctrina falsa, y en sus escritos públicos han tratado de instilar estas falsedades en la mente de la gente sencilla, a pesar de que esta doctrina queda claramente rechazada en la confesión entregada en Augsburgo, con la cual de hecho se puede comprobar una doctrina muy diferente. Por lo tanto, hemos decidido con este documento testificar y afirmar públicamente que ni antes ni ahora ni nunca jamás deseamos defender, excusar o aprobar como concorde con la doctrina evangélica ninguna enseñanza falsa y espuria que trate de cobijarse con la mencionada segunda edición de la Confesión de Augsburgo, ya que nunca entendimos o aceptamos la segunda edición en un sentido diferente del expresado en la primera Confesión de Augsburgo, tal como fue presentada. Por otra parte, tampoco es nuestra intención rechazar o condenar ninguno de los demás escritos útiles del maestro Felipe Melanchton o de Brenz o de Urbano Rhegius o de Juan Bugenhagen de Pomerania y otros, siempre que estén de acuerdo con la norma que se ha expuesto en el Libro de Concordia.
Consta que algunos teólogos, y entre ellos Lutero mismo, al tratar el tema de la santa cena, contra su propia voluntad se vieron envueltos por los adversarios en una discusión acerca de la unión personal de las dos naturalezas en Cristo.9 Frente a este hecho, nuestros teólogos testifican en el Libro de Concordia y conforme a la norma de la santa doctrina que dicho Libro contiene, que tanto según nuestra constante convicción como según la convicción expresada por el libro, los cristianos deben ser conducidos a tratar la santa cena a base de un único fundamento, a saber, las palabras de la institución del testamento de Cristo. Ésta es la manera más segura y constructiva de hacerlo en cuanto a lo que atañe al laico común, pues éste no puede entender esta discusión. Pero cuando los adversarios atacan nuestra simple fe o las claras palabras del testamento de Cristo y las consideran impías, como si ellas contradijeran los artículos de nuestro credo cristiano, particularmente los que se refieren a la encarnación del Hijo de Dios, a su ascensión y a su sentarse a la diestra de la omnipotencia y majestad de Dios, y por ende las tildan de falsas e incorrectas, debemos demostrar e indicar mediante una explicación correcta de los artículos de nuestro credo cristiano que nuestro entendimiento de las palabras de Cristo según se describen arriba no contradice estos artículos.
Con respecto a las frases y el modo de hablar que se emplea con referencia a la majestad de la naturaleza humana en la persona de Cristo y su exaltación, y con el objeto de hacer desaparecer todo malentendido y escándalo, ya que el término «abstracto» ha sido usado con acepciones diversas por quienes enseñan en las escuelas y en las iglesias, nuestros teólogos declaran con palabras expresas y sencillas lo siguente: Esta majestad divina no se atribuye en modo alguno a la naturaleza humana de Cristo fuera de la unión personal, ni tampoco se afirma ni por asomo que en la unión personal se halle esta majestad intrínseca, esencial, formal, habitual y subjetivamente (para usar los términos escolásticos),10 como si en algún lugar o tiempo se enseñara que la naturaleza divina y la humana, juntamente con sus respectivas propiedades, estén mezcladas, y la naturaleza humana según su esencia y sus propiedades esté al nivel de la naturaleza divina y así quede anulada por completo. Al contrario, según los maestros de la iglesia antigua, todo ocurre por razón de la unión personal, lo cual es un misterio inescrutable.
Con respecto a las condenaciones, censuras y rechazos de doctrina falsa, en particular la relacionada con el artículo que trata de la santa cena: Todo esto tiene que ser expuesto en forma explícita y clara en esta explicación y concertación de los artículos en controversia, a fin de que todos sepan que deben precaverse de estas doctrinas falsas. Hay también muchas otras razones por las cuales estas condenaciones de ningún modo se pueden pasar por alto. Sin embargo, no es nuestro propósito ni nuestra intención condenar a aquellas personas que yerran por su falta de entendimiento11 ni a las que, aunque equivocadas, no blasfeman de la verdad de la palabra divina, ni mucho menos a iglesias enteras dentro del Sacro Imperio Romano Germánico o fuera de él.12 Antes bien, nuestras expresiones de crítica y condenación van dirigidas sólo contra las doctrinas falsas y engañosas y sus obstinados y blasfemos proponentes. A éstos de ningún modo deseamos tolerar en nuestros territorios, iglesias y escuelas, ya que estas enseñanzas son contrarias a la clara palabra de Dios y no pueden coexistir con ella. Es necesario, además, que las personas piadosas sean puestas sobre aviso respecto a tales enseñanzas. Pues no hay la menor duda de que aun en las iglesias que hasta ahora no han estado de acuerdo con nosotros, se hallan muchas personas piadosas y sinceras. Estas personas siguen su propio camino en la simplicidad de sus corazones, no entienden estos asuntos ni tampoco se gozan en las blasfemias vertidas contra la santa cena, tal como ésta se celebra en nuestras iglesias conforme a la institución de Cristo y según nosotros la enseñamos de común acuerdo fundándonos en las palabras de su testamento mismo. También abrigamos la esperanza de que cuando estas personas reciban la correcta instrucción en esta doctrina, arribarán, con la ayuda del Espíritu Santo, a la verdad infalible de la palabra de Dios y se unirán a nosotros y a nuestras iglesias y escuelas. En consecuencia, es la responsabilidad de todos los teólogos y ministros de la iglesia alertar que su alma corre serio peligro, para evitar así que un ciego induzca al error a otro ciego. Por consiguiente, mediante este escrito nuestro deseamos testificar ante el todopoderoso Dios y toda la iglesia que estamos muy lejos de querer ocasionar, por este acuerdo nuestro, molestias y persecuciones a pobres y atribulados cristianos. Pues así como el amor cristiano nos lleva a compadecemos de ellos, asimismo detestamos en lo más hondo de nuestro corazón el furor de sus perseguidores. No queremos en modo alguno tener parte en este derramamiento de sangre. No hay duda alguna de que habrán de dar cuenta de sus actos.
Como queda dicho, en estos asuntos nuestra intención siempre apuntó a que en nuestras tierras, territorios, escuelas e iglesias no se proclame ni se exponga sino la doctrina que está fundada en la palabra de Dios y contenida en la Confesión de Augsburgo y su Apología, debidamente entendidas, y a que no se le permita la entrada a doctrina contraria a éstas. Con este propósito se inició, se propuso y se llevó a cabo el actual acuerdo. Por lo tanto, ante el todopoderoso Dios y toda la cristiandad declaramos y testificamos una vez más que con la explicación de los artículos en controversia que aquí presentamos y repetimos no hemos hecho ninguna confesión diferente de la que previamente fue entregada en Augsburgo en el año 1530 al Emperador Carlos V, de grata memoria. Al contrario, hemos dirigido nuestras iglesias y escuelas a las Sagradas Escrituras y a los credos, y después a la ya mencionada Confesión de Augsburgo. Especialmente es nuestro ardiente deseo que los jóvenes que están siendo formados para servir en las iglesias y en las escuelas sean instruidos fiel y diligentemente a fin de que la doctrina pura y la confesión de fe puedan ser propagadas entre nuestra posteridad con la ayuda del Espíritu Santo hasta el glorioso advenimiento de nuestro único Redentor y Salvador Jesucristo.
Y ya que tal es el caso, y ya que por gracia del Espíritu Santo, en nuestro corazón y nuestra conciencia de cristianos estamos seguros de nuestra confesión y fe basadas en el fundamento de las Escrituras divinas, proféticas y apostólicas, la más aguda y urgente necesidad exige que, ante la invasión de tantos errores, tantos escándalos irritantes y disensiones y cismas de largos años, se produzca una explicación y conciliación cristiana de todas las disputas que han surgido. Tal explicación debe estar fundada enteramente en la palabra de Dios para que la doctrina pura se pueda reconocer y distinguir de la doctrina adulterada y así se les ponga freno a las personas de espíritu agitado y pen-dencioso que no quieren someterse a ninguna norma de doctrina pura en su insano afán de promover controversias escandalosas y de establecer y defender errores horribles, lo que no puede llevar sino a que por fin la doctrina correcta sea enteramente obscurecida y echada a perder, y sólo se transmitan a la posteridad opiniones inciertas y dudosas e imaginaciones y puntos de vista disputables. A todo esto hay que agregar el hecho de que, en conformidad con el mandato que Dios nos ha dado y por razón del cargo que desempeñamos, y considerando el bienestar temporal nuestro y de nuestros súbditos, debemos hacer y seguir haciendo todo lo que sea útil y provechoso al crecimiento y extensión de la alabanza y gloria de Dios y a la extensión de su palabra única, que pueda traer salvación, para la tranquilidad y paz de nuestras escuelas e iglesias cristianas y para el necesario consuelo e instrucción de las pobres y mal aconsejadas conciencias. Estamos plenamente convencidos, además, de que muchas personas sinceras, de todas las clases sociales, están ansiosas de que se realice esta saludable obra del acuerdo cristiano. Y por cuanto ya desde el principio de nuestras tentativas por llegar a un acuerdo cristiano, nuestra inclinación o intención no fue, ni tampoco lo es actualmente, mantener oculta esta empresa de la concordia, lejos de la vista de todos, o poner la luz de la verdad divina debajo de un almud o de una mesa, no debemos suspender o posponer por más tiempo su impresión y publicación. No abrigamos la menor duda de que todas las personas piadosas que tienen un amor sincero por la verdad divina y por un acuerdo cristiano y agradable a Dios, su unirán a nosotros en este muy saludable y necesario esfuerzo cristiano, y no permitirán interferencia alguna en esta causa en pro de la gloria de Dios y el bienestar de todos, tanto eterno como temporal.
Y por fin, deseamos repetir una vez más que no es nuestra intención fabricar algo nuevo por medio de este acuerdo ni alejarnos en modo alguno, ya sea en cuanto a contenido como forma, de la verdad divina que nuestros predecesores y nosotros hemos aceptado y confesado en lo pasado, pues nuestro acuerdo se basa en las Escrituras proféticas y apostólicas y está condensado en los tres credos, como también en la Confesión de Augsburgo, entregada en el año 1530 al Emperador Carlos V, de muy grata memoria, en la subsiguiente Apología, en los Artículos de Esmalcalda y en los Catecismos Mayor y Menor del ilustrísimo Dr. Lutero. Al contrario, nuestro propósito es permanecer unánimes, por la gracia del Espíritu Santo, en esta confesión de fe y examinar todas las controversias religiosas y sus explicaciones por medio de ella. Además, es nuestra intención llevar una vida de genuina paz y armonía con los demás electores y estados del Sacro Imperio Romano Germánico y también con otros potentados cristianos, según los estatutos que rigen en este imperio y los tratados especiales que hemos concertado con ellos, y brindar a todos el correspondiente afecto, servicio y amistad.
Asimismo estamos dispuestos a cooperar en lo futuro los unos con los otros en la prosecución de este esfuerzo por establecer la concordia en nuestros territorios, visitando diligentemente las iglesias y escuelas, supervisando las publicaciones y otros medios saludables. Si las controversias actuales acerca de nuestra religión continúan o se presentan otras, nos ocuparemos en que se resuelvan en forma debida antes de que se extiendan peligrosamente, para que así se prevenga toda clase de escándalo. En testimonio de ello, unánimemente y de todo corazón firmamos este documento y adherimos nuestros sellos personales.
Luis, Conde palatino del Rin, elector
Augusto, Duque de Sajonia, elector
Juan Jorge, Margrave de Brandeburgo, elector
Joaquín Federico, Margrave de Brandeburgo, administrador del arzobispado de Magdeburgo
Juan, Obispo de Meissen
Eberhard, Obispo de Lübeck, administrador del arzobispado de Verden
Felipe Luis, Conde palatino
Federico Guillermo, Duque, firma su tutor
Juan de Sajonia, Duque, firma su tutor
Juan Casimiro, Duque, firma su tutor
Juan Ernesto, Duque, firma su tutor
Jorge Federico, Margrave de Brandeburgo
Julio, Duque de Brunswick y Lüneburgo
Otto, Duque de Brunswick y Lüneburgo
Enrique, el Joven, Duque de Brunswick y Lüneburgo
Guillermo, el Joven, Duque de Brunswick y Lüneburgo
Wolf, Duque de Brunswick y Lüneburgo
Ulrico, Duque de Mecklenburgo
Juan y Sigismundo Augusto, Duques de Mecklenburgo, firman sus tutores
Luis, Duque de Wurtemberg
Ernesto y Santiago, Margraves de Baden, firma su tutor
Jorge Ernesto, Conde y Señor de Henneberg
Federico, Conde de Wurtemberg y Monbéliard
Juan Günther, Conde de Schwarzburgo
Guillermo, Conde de Schwarzburgo
Alberto, Conde de Schwarzburgo
Emich, Conde de Leiningen
Felipe, Conde de Hanau
Godofredo, Conde de Oettingen
Jorge, Conde y Señor de Castel
Enrique, Conde y Señor de Castel
Juan Hoyer, Conde de Mansfeld
Bruno, Conde de Mansfeld
Hoyer Cristóbal, Conde de Mansfeld
Pedro Ernesto, el Joven, Conde de Mansfeld
Cristóbal, Conde de Mansfeld
Otto, Conde de Hoya y Berghausen
Juan, Conde de Oldenburgo y Delmenhorst
Alberto Jorge, Conde de Stolberg
Wolf Ernesto, Conde de Stolberg
Luis, Conde de Gleichen
Carlos, Conde de Gleichen
Ernesto, Conde de Reinstein
Bodo, Conde de Reinstein
Luis, Conde de Löwenstein
Enrique, Barón de Limpburg, Semperfrei
Jorge, Barón de Schönburg
Wolf, Barón de Schönburg
Anarck Federico, Barón de Wildenfels
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Lübeck
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Münster en San Georgental
El Concejo de la ciudad de Goslar
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Ulm
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Esslingen
El Concejo de la ciudad de Reutlingen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Nórdlingen
Burgomaestre y Concejo de Rothenbur del Tauber
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Schwäbisch-Hall
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Heilbronn
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Hemmingen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Lindau
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Schweinfurt
El Concejo de la ciudad de Donawerda
Tesorero y Concejo de la ciudad de Regensburgo (Ratisbona)
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Wimpfen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Giengen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Bopfingen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Aalen
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Kaufbeuren
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Issna
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Kempten
El Concejo de la ciudad de Hamburgo
El Concejo de la ciudad de Gotinga
El Concejo de la ciudad de Brunswick
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Lüneburgo
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Leutkirch
Toda la Administración de la ciudad de Hildesheim
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Hamelin
Burgomaestre y Concejo de la ciudad de Hannover
El Concejo de Mühlhausen
El Concejo de Erfurt
El Concejo de la ciudad de Einbeck
El Concejo de la ciudad de Northeim
1. De 1578 a 1580, este prefacio fue remodelado varias veces. Entre el 25 de febrero y el 1° de marzo de 1580, Jacobus Andreae y Martín Chemnitz le dieron forma definitiva, en el monasterio de Bergen, cerca de Magdeburgo.
2. Especialmente errores sacramentarios, zuinglianos y calvinistas.
3. Cf. 2 Ti.4:3,4; 1 Jn.4:l; 2 P.2:l.
4. En febrero y marzo de 1558, los príncipes electores (Kurfürsten) se reunieron para designar emperador a Fernando I, hermano de Carlos V, quien había abdicado a principios de aquel año.
5. La asamblea estuvo reunida del 20 de enero al 1° de febrero de 1561. Los electores Federico III del Palatinado y Augusto de Sajonia querían firmar la Confessio Augustana variata de 1540 (de Melanchton), argumentando que ésta excluía explícitamente la transubstanciación. Los demás (el Duque Cristóbal de Wurtemberg, el Duque Juan Federico de Sajonia, el Landgrave Felipe de Hesse, y el Conde palatino Wolfgang de Zweibrücken) dieron preferencia a la Confesión de Augsburgo de 1530. David Chytraaus, invitado a la reunión por el Duque Ulrico, abogaba por la suscripción a los Artículos de Esmalcalda, además de la Confessio Augustana invariata. Al final se llegó a un acuerdo que incluía los siguientes documentos: el texto alemán de la Confesión de Augsburgo de 1530–31, Wittenberg, a solicitud del Elector Federico III; la edición latina de 1531; un prefacio, bosquejado por los dos electores y dirigido al emperador; además, rechazo de la transubstanciación. El prefacio se adhiere a la Confesión de Augsburgo de 1530, mantiene la edición alterada de 1540 (la cual—así dice el prefacio—repite la Confesión de Augsburgo inalterada en una forma algo más imponente y minuciosa, y la explica e incrementa a base de las Sagradas Escrituras), y reitera la confesión de la Apología. Firmaron este acuerdo: los dos electores, el Landgrave Felipe de Hesse, el Duque Cristóbal de Wurtemberg, el Margrave Carlos de Baden, los margraves Juan y Jorge Federico de Brandeburgo por medio de sus tutores, el Conde palatino Wolfgang, la Pomerania, Anhalt y Henneberg. Los duques Juan Federico de Sajonia y Ulrico de Wurtemberg se negaron a firmar. Siguieron su ejemplo ante todo la Baja Sajonia y las ciudades marítimas.
6. Andreae, Chemnitz y otros.
7. El «Libro de Torgau». Andreae hizo un resumen de la obra, el así llamado «Epítome». Esta condensación, más la «Declaración Sólida», recibieron el nombre de Formula concordiae bipartita. La asamblea, presidida por Andreae, estuvo reunida en el castillo de Hartenberg, del 9 de abril al 7 de junio de 1576. Los demás participantes fueron: Martín Chemnitz, David Chyträus, Andrés Musculus, Nicolás Selnecker, Cristóbal Cornerus, Gaspar Heyderich, Pablo Crell, Maximiliano Mörlin, Wolfgang Harder, Daniel Graaser, Nicolás Jagenteufel, Juan Cornicaelius, Juan Schütz (Sagittarius), Martín Miras, Jorge Listenius y Pedro Glaser.
8. El documenta guardado en los archivos de Maguncia con que los luteranos cotejaron sus copias no era el original.
9. Hesse, Anhalt, el Palatinado y otros objetaron la referencia (que ellos encontraron en la Fórmula de Concordia) a la ubicuidad como fundamento adicional de la presencia real de Cristo en la santa cena. En cambio, los teólogos de la Sajonia electoral y de Brandeburgo electoral declararon que la Fórmula de Concordia expresamente considera como fundamento las palabras de la institución, y que sólo se vio obligada a hablar de la persona de Cristo a causa de la interpretación errónea de las palabras de la institución por parte de zuinglianos y calvinistas.
10. Tilemann Hesshusius hace moción de que se eliminen los términos essentialitir, formaliter, habitualiter, subiective por ser «vocablos sórdidos y obscuros, amén de innecesarios y obsoletos, de los teólogos escolásticos», que ni uno entre cien párrocos entiende. Dice que la doctrina y la confesión se pueden exponer y explicar en forma del todo satisfactoria «con buenas e inteligibles palabras alemanas». Los duques Julio y Ulrico expresan el deseo de que se haga una enmienda en este sentido.
11. Los teólogos de la Universidad de Helmstedt habían opinado que no se podía obviar la condenación de personas, ya que doctrina falsa y maestros falsos eran dos factores inseparables. Tilemann Hesshusius afirma que Mateo 7 se aplica también a los descarriados, no obstante la diferencia entre «engañadores obstinados» e «ingenuos» descarriados. Hasta llega a sostener que el amor a «personas engañadas» es inoportuno cuando se trata de cuestiones de fe.
12. En su parecer en cuanto al Prefacio, los teólogos pomeranos habían señalado que era preciso tomar en consideración el hecho de que «la Reina de Inglaterra (Isabel I) y el Rey de Navarra (más tarde Enrique IV, Rey de Francia), habían solicitado insistentemente, en sus propios nombres y en los de sus correligionarios de las iglesias de Francia, España, Inglaterra, los Países Bajos y Suiza, que no se les condenase a ellos y a los suyos», sino que primeramente se les diese la oportunidad de ser escuchados en la medida de lo necesario, en una conferencia general en Alemania. Cf. Die Bekenntnisschriften der evangelisch-luterischen Kirche (BSLK), p. 756, nota 2.