Libro de Concordia
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La Fórmula de Concordia, Declaración Sólida Índice
La Fórmula de Concordia, Declaración Sólida

III. La Justicia de la Fe Delante de Dios

[1] La tercera controversia que ha surgido entre algunos teólogos de la Confesión de Augsburgo trata acerca de la justicia de Cristo o de la fe, la cual Dios, por la gracia, mediante la fe, atribuye para justicia a los pobres pecadores.

[2] Pues cierta facción151 ha sostenido que la justicia de la fe, la cual el apóstol (Ro. 1:22) llama la justicia de Dios, es la justicia esencial de Dios, que es Cristo mismo como el Hijo verdadero, natural, esencial de Dios, que mora en los escogidos mediante la fe y los impulsa a hacer lo bueno. Contrastados con esta justicia, los pecados de todos los hombres deben ser considerados como una gota de agua comparada con el gran océano.

[3] Por el contrario, otros152 han sostenido y enseñado que Cristo es nuestra [4] justicia según su naturaleza humana únicamente. A fin de combatir estos dos errores, los demás teólogos de la Confesión de Augsburgo153 han enseñado unánimemente que Cristo es nuestra justicia no únicamente154 según su naturaleza divina ni únicamente según su naturaleza humana, sino según ambas naturalezas; pues él nos ha redimido, justificado y salvado de nuestros pecados como Dios y hombre, mediante su completa obediencia; que por lo tanto la justicia de la fe es el perdón de los pecados, reconciliación con Dios y nuestra adopción como hijos de Dios sólo por causa de la obediencia de Cristo, la cual, solamente por la fe, es atribuida, por mera gracia, a todos los creyentes como justicia, y por causa de ella son absueltos de toda injusticia.

Además de esta controversia,155 han habido otras disputas respecto al [5] artículo de la justificación. Éstas han sido ocasionadas por el Interin (en la ocasión de la Fórmula del Interin o de la Interreligión) y otras causas. Estas disputas serán explicadas en la antítesis,156 esto es, en la exposición de aquellos errores que son contrarios a la pura doctrina enseñada en este artículo.

Este artículo respecto de la justificación por la fe, según dice la Apologia,157 [6] es el artículo principal de toda la doctrina cristiana, sin el cual ninguna conciencia atribulada158 puede tener firme consuelo, ni puede conocer a fondo las riquezas de la gracia de Cristo, como lo ha afirmado también el Dr. Lutero:159 «Si este solo artículo permanece incólume en el campo de batalla, la iglesia cristiana también permanece pura y en buena armonía y libre de sectas; pero si este artículo es abatido, no es posible resistir ningún error o espíritu fanático» (Tomo 5, Jena, p. 159). Y respecto a este artículo dice San [7] Pablo en particular: «Un poco de levadura leuda toda la masa» (1 Co. 5:6). Es por esta razón que al tratar este artículo el apóstol recalca con mucha diligencia y no menos celo las partículas excluyentes, es decir, las partículas mediante las cuales se excluyen las obras humanas. Estas partículas son: Sin la ley, sin las obras, por la gracia (1 Co. 5:6; Gá. 5:9). El apóstol lo hace a fin de demostrar cuán necesario es respecto a este artículo no sólo presentar la doctrina pura, sino también exponer y rechazar por separado la antítesis, o sea, todas las doctrinas contrarias.

Por lo tanto, a fin de explicar esta controversia de un modo cristiano [8] mediante la palabra de Dios y, por la gracia divina, resolverla, declaramos lo siguiente en cuanto a nuestra doctrina, fe y confesión:

En lo que respecta a la justicia de la fe que vale delante de Dios, creemos, [9] enseñamos y confesamos unánimemente, de acuerdo con el compendio ya expuesto acerca de nuestra fe y confesión,160 que el pobre hombre pecador es justificado delante de Dios, esto es, absuelto y declarado libre y exento de todos sus pecados y de la bien merecida sentencia de la condenación, y hecho hijo y heredero de la vida eterna, sin ningún mérito o dignidad alguna de nuestra parte, y sin ningunas obras precedentes, presentes o subsiguientes, de pura gracia, sólo por causa del único mérito, completa obediencia, amarga pasión y muerte, y resurrección de nuestro Señor Jesucristo, cuya obediencia se nos cuenta a nosotros por justicia.

[10] Estos tesoros nos los ofrece el Espíritu Santo en la promesa del santo evangelio; y la fe sola es el único medio por el cual nos asimos de ellos, los [11] aceptamos, y nos los aplicamos y apropiamos. Esta fe es un don de Dios. Por medio de este don aprendemos en verdad a conocer a Cristo, nuestro Redentor, en la palabra del evangelio, y a confiar en que por causa de su obediencia tenemos, por la gracia, el perdón de los pecados, somos considerados [12] justos por Dios el Padre y eternamente salvos. De modo que se considera y entiende lo mismo que cuando San Pablo dice que somos justificados por la fe (Ro. 3:28); o que la fe nos es atribuida por justicia (Ro. 4:5), y cuando dice que por la obediencia de Uno somos constituidos justos (Ro. 5:19), o que por la justicia de uno vino a todos los hombres la justificación de [13] vida (Ro.5.18).161 Pues la fe justifica no porque sea una obra tan buena o una virtud tan ilustre, sino porque acepta y se apropia los méritos de Cristo que son ofrecidos en el evangelio; pues éstos se nos tienen que aplicar por la fe [14] si es que hemos de ser justificados por ellos. Por lo tanto, la justicia que por pura gracia es atribuida a la fe o al creyente es la obediencia, la pasión y la resurrección de Cristo, pues él ha satisfecho la ley por nosotros y ha pagado [15] nuestros pecados. Pues ya que Cristo no es únicamente hombre, sino que es Dios y hombre en una sola persona indivisible—tan innecesario le era estar sujeto a la ley (porque es Señor de la ley) como le era padecer y morir por su propia persona. Por esta razón, pues, su obediencia (no sólo al padecer y morir, sino también al someterse voluntariamente a la ley y al cumplirla mediante esa obediencia) se nos atribuye para justicia, de modo que por causa de esta obediencia completa que él rindió al padre celestial por nosotros en lo que hacía y padecía, en su vida y en su muerte, Dios perdona nuestros pecados, nos considera santos y justos y nos concede la salvación [16] eterna. Esta justicia nos la ofrece el Espíritu Santo por medio del evangelio y en los sacramentos, y se nos aplica, es apropiada y recibida mediante la fe. Por medio de esa justicia los creyentes tienen reconciliación con Dios, el perdón de los pecados, la gracia de Dios, la adopción de hijos y la herencia de la vida eterna.

Por consiguiente, la palabra «justificar», según se usa en este artículo, [17] significa pronunciar a alguien justo y libre de pecados y absolverlo del castigo, por causa de la justicia de Cristo, lo cual Dios atribuye a la fe (Fil. 3:9). Pues este uso y sentido de esta palabra es muy frecuente en la Sagrada Escritura del Antiguo y del Nuevo Testamento. «El que justifica al impío, y el que condena al justo, ambos son igualmente abominación a Jehová» (Pr. 17:15). «¡Ay de… los que justifican al impío mediante cohecho, y al justo quitan su derecho!» (Is. 5:22-23). «¿Quién acusará a los escogidos de Dios? Dios es el que justifica» (Ro. 8:33), es decir, absuelve del pecado.

Pero ya que la palabra «regeneración» se emplea a veces en lugar de la [18] palabra «justificación», es necesario explicar correctamente esta palabra, a fin de que la renovación que sigue a la justificación no se confunda con la justificación por la fe, sino que se haga la debida distinción entre un término y el otro.

Pues, en primer lugar, la palabra «regeneración» se usa a veces para [19] incluir tanto el perdón de los pecados que se obtiene sólo por causa de Cristo como la subsecuente renovación que el Espíritu Santo obra en aquellos que han sido justificados por la fe. Y otras veces sólo significa el perdón de los pecados y la adopción de hijos. En este último sentido la palabra se usa mucho y con frecuencia en la Apología. Leemos por ejemplo en esta confesión: «La justificación es regeneración».162 San Pablo empero fija una distinción entre ambas palabras cuando declara: «Nos salvó por el lavamiento de la regeneración y por la renovación en el Espíritu Santo» (Tit. 3:5). También [20] la palabra «vivificación» se ha usado a veces para denotar el perdón de los pecados. Pues cuando una persona es justificada por la fe (que es obra exclusiva del Espíritu Santo) esto es realmente una regeneración, porque de un hijo de ira se ha hecho a esa persona un hijo de Dios, y así ha pasado de muerte a vida, según se nos dice: «Aun estando nosotros muertos en pecados, nos dio vida juntamente con Cristo» (Ef. 2:5). Y: «El justo por la fe vivirá» (Ro. 1:17; Hab. 2:4). En este último sentido la Apología suele usar con frecuencia la palabra «regeneración».163

La palabra «regeneración» se ha usado también en lugar de la santificación [21] y renovación que sigue a la justificación por la fe. Así la ha usado el Dr. Lutero en su libro: «Acerca de la Iglesia y los Concilios»,164 y en otros lugares.

[22] Pero cuando enseñamos que mediante la operación del Espíritu Santo nacemos de nuevo y somos justificados, no queremos decir que después de la regeneración no queda ya ninguna injusticia en la persona y en la vida de los que han sido justificados y regenerados, porque Cristo, mediante su obediencia perfecta, les cubre todos los pecados, los cuales, no obstante, son inherentes en la naturaleza en esta vida. A pesar de eso son declarados y considerados rectos y justos mediante la fe y por causa de la obediencia de Cristo (obediencia que Cristo, desde el momento en que nació hasta su muerte ignominiosa en la cruz, rindió al Padre por nosotros), aunque debido a la corrupción de la naturaleza aún son y permanecen pecadores hasta la sepultura. Tampoco queremos decir, por otro lado, que podemos o debemos entregarnos a los pecados y permanecer y continuar en ellos, haciendo caso omiso del arrepentimiento, la conversión y la renovación.

[23] La verdadera contrición debe preceder, y a aquellos que, como se ha dicho, de pura gracia, por causa de Cristo, el único Mediador, sin obras y méritos algunos, son justificados delante de Dios, esto es, son recibidos en la gracia divina, les es dado también el Espíritu Santo, que los renueva y santifica y obra en ellos el amor a Dios y al prójimo. Pero ya que la renovación comenzada es imperfecta en esta vida y el pecado aún mora en la carne, la justicia de la fe que vale delante de Dios consiste en que de pura misericordia se nos atribuye la justicia de Cristo, sin la adición de obras, de modo que nuestros pecados nos son perdonados y cubiertos y no se nos imputan (Ro. 4:6 y sigtes.).

[24] Pero, a fin de que el artículo de la justificación continúe puro, es preciso que se preste mucha atención, con especial diligencia, a fin de evitar que aquello que precede a la fe o lo que le sigue sea mezclado en el artículo de la justificación, o insertado en él como algo necesario y perteneciente a él; viendo que no es una sola o una misma cosa hablar de conversión y de justificación.

[25] Pues no todo lo que pertenece a la conversión pertenece igualmente a la justificación. Al artículo de la justificación pertenecen y son necesarios sólo la gracia de Dios, el mérito de Cristo y la fe, la cual recibe estos dones divinos en la promesa del evangelio. Y mediante la fe se nos atribuye la justicia de Cristo, y por medio de éste, el perdón de los pecados, la reconciliación con Dios, la adopción de hijos y la herencia de la vida eterna.

[26] Por consiguiente, la fe verdadera y salvadora no se encuentra en aquellos que carecen de la contrición y tienen el propósito perverso de permanecer y perseverar en pecados; sino que la verdadera contrición precede a la fe, y ésta la tienen sólo aquellos que sinceramente se arrepienten.

El amor es también un fruto que real y necesariamente sigue a la fe [27] verdadera. Pues el que no ama demuestra claramente que no ha sido justificado, sino que aún está muerto espiritualmente o ha vuelto a perder la justicia de la fe, según se nos dice en 1 Juan 3:14. Pero la afirmación de San Pablo en Romanos 3:28 de que el hombre es justificado por la fe sin las obras de la ley, es clara indicación que ni la contrición que precede a la fe ni las obras que la siguen pertenecen al artículo de la justificación por la fe. Pues las buenas obras no preceden a la justificación, sino que la siguen, y para que el hombre pueda hacer buenas obras tiene primero que ser justificado.

De igual modo, tampoco la renovación o santificación, aunque es don [28] de Cristo el Mediador y obra del Espíritu Santo, pertenece al artículo de la justificación, sino que sigue a ésta, ya que por causa de la corrupción de nuestra carne, la renovación o santificación no es del todo perfecta y completa en esta vida. Lutero expresa magistralmente este pensamiento en su famoso y extenso comentario sobre la Epístola a los Gálatas.165 Dice el reformador: [29] «Concedemos por cierto que también es menester instruir respecto al amor y las buenas obras, pero de tal manera que éste se haga cuándo y dónde sea necesario, es decir, cuando se trata de las buenas obras fuera del artículo de la justificación. Aquí empero, el asunto principal de que se trata no es si debemos también hacer buenas obras y ejercer el amor, sino por qué medios podemos ser justificados delante de Dios y ser salvos. Y sobre esto no podemos menos que responder con San Pablo (Ro. 3:28): Somos justificados delante de Dios por medio de la fe únicamente166 y no por las obras de la ley o por el amor. Esto no quiere decir que rechazamos las buenas obras y el amor, como nos acusan falsamente los adversarios, sino que no permitimos ser desviados, como lo desea Satanás, del asunto principal de que se trata aquí para entrar en otro asunto completamente ajeno. Por consiguiente, en tanto que versamos sobre este artículo de la justificación, tenemos que rechazar y condenar las obras; pues el carácter de este artículo es tal que no puede permitir intrusión alguna por parte de las obras. Por lo tanto, en este artículo suprimimos todo lo que es ley y obras de la ley». Fin de la cita de Lutero.

[30] A fin, pues, de que la mente abatida tenga un consuelo firme y seguro y para que también se les atribuya al mérito de Cristo y a la gracia divina el honor que merecen, la Sagrada Escritura enseña que la justicia delante de Dios, proveniente de la fe, consiste únicamente en la misericordiosa reconciliación, o el perdón de los pecados, que se nos concede de pura gracia, por causa del único mérito de Cristo el Mediador y se recibe sólo por medio de la fe en la promesa del evangelio. Asimismo, en la justificación delante de Dios la fe no confía ni en la contrición ni en el amor ni en otras virtudes, sino solamente en Cristo y en su perfecta obediencia, mediante la cual cumplió la ley por nosotros, obediencia que se atribuye a los creyentes por justicia.

[31] Además, ni la contrición, ni el amor, ni ninguna otra virtud, sino la fe sola, es el único medio e instrumento por el cual podemos recibir y aceptar la gracia, los méritos de Cristo y el perdón de los pecados, todo lo cual se nos ofrece en la promesa del evangelio.

[32] También se dice correctamente que los creyentes que han sido justifica dos en Cristo mediante la fe, en esta vida tienen primero la justicia imputada de la fe, y luego también la justicia de la nueva obediencia, o las buenas obras. Pero estas dos no deben confundirse o ser ambas inyectadas al mismo tiempo en el artículo de la justificación por la fe. Pues ya que esta incipiente justicia o renovación en nosotros es incompleta e impura en esta vida debido a la carne, la persona no puede presentarse con ella y por medio de ella delante del tribunal de Dios, porque delante del tribunal de Dios sólo vale la justicia de la obediencia, la pasión y la muerte de Cristo, que es atribuida a la fe, de manera que sólo por causa de esta obediencia, la persona (aun después de su renovación, cuando ya ha hecho muchas buenas obras y ha llevado la vida más santa), agrada a Dios y es aceptable a él y recibida en la adopción y herencia de la vida eterna.

[33] Aquí se puede citar lo que San Pablo escribe respecto a Abraham en Romanos 4:3, esto es, que Abraham fue justificado delante de Dios sólo por medio de la fe, por causa del Mediador, sin la cooperación de las obras de Abraham, no sólo cuando fue primeramente convertido de la idolatría y aún no había hecho buenas obras, sino también después, cuando fue renovado por el Espíritu Santo y adornado con muchas excelentes buenas obras (Ro. 4:3; Gn. 15:6; He. 11:8). Y San Pablo hace la siguiente pregunta, Romanos 4:1 [34] y sigtes.: ¿En qué se fundaba en aquel tiempo la justicia de Abraham que valía delante de Dios, justicia por la cual tenía él un Dios misericordioso, agradaba a Dios y le era aceptable y se hacía heredero de la vida eterna? San Pablo contesta así: «Al que no obra, sino cree en aquel que justifica al impío su fe le es contada por justicia. Como también David habla (Sal. 32:1) de la [35] bienaventuranza del hombre a quien Dios atribuye justicia sin obras» (Ro. 4:5-6). Por lo tanto, aunque los que se han convertido y creen en Cristo tienen incipiente renovación, santificación, amor, virtud y buenas obras, sin embargo, nada de esto debe ser inyectado o inmiscuido en el artículo de la justificación que vale delante de Dios, si es que el honor que se le debe a Dios ha de permanecer con Cristo el Redentor, y las conciencias perturbadas han de recibir consuelo, ya que nuestra nueva obediencia es incompleta e impura.

Esto es lo que quiere decir el apóstol Pablo cuando en este artículo [36] recalca con tanta diligencia y tanto celo las partículas excluyentes. Estas partículas: «de gracia», «sin mérito», «sin obras», «no por obras», excluyen toda obra humana del artículo de la justificación. Estas partículas excluyentes se resumen en la siguiente expresión: Sólo por medio de la fe en Cristo somos justificados delante de Dios y salvos. Pues así se excluyen las obras, no en el sentido de que la verdadera fe puede existir sin la contrición, o que las buenas obras de ningún modo tienen que seguir a la verdadera fe como fruto seguro y cierto, o que los creyentes de ningún modo deben hacer lo bueno; sino que las buenas obras se excluyen del artículo de la justificación delante de Dios a fin de que no sean inyectadas, intercaladas o inmiscuidas, como necesidad y requisito, en el asunto de la justificación del pobre pecador delante de Dios. El verdadero sentido de las partículas excluyentes en el artículo de la justificación, partículas que deben ser inculcadas con toda diligencia, consiste en los siguientes puntos:

1. Mediante estas partículas se excluyen por completo en el artículo de [37] la justificación todas nuestras propias obras, mérito, dignidad, gloria y confianza en lo que hacemos. Todo esto se excluye para que, ni en su totalidad, ni en su mitad, ni en su menor parte, se establezca o considere como causa o mérito de la justificación y así Dios se fije en ellos y nosotros depositemos nuestra confianza en tales cosas.

2. El único oficio y propiedad de la fe será que ella sola y nada más es [38] el medio e instrumento por el cual la gracia de Dios y los méritos de Cristo en la promesa del evangelio son recibidos, aceptados, aplicados y apropiados; y de este oficio y propiedad de aplicar o apropiar se excluirán el amor y todas las demás virtudes u obras.

3. Ni la renovación, santificación, virtudes o buenas obras forman núestra [39] justificación, esto es, nuestra justicia delante de Dios, ni tampoco deben constituirse o establecerse como parte o causa de nuestra justicia, o bajo ningún pretexto, título o nombre ser inyectadas como necesarias y pertinentes en el artículo de la justificación; sino que la justicia de la fe consiste únicamente en el perdón de los pecados, perdón que se concede de pura gracia, sólo por los méritos de Cristo. Estas bendiciones se nos ofrecen en la promesa del evangelio y son recibidas, aceptadas, aplicadas y apropiadas sólo por medio de la fe. [40]

De la misma manera, es preciso conservar el orden entre la fe y las buenas obras e igualmente entre la justificación y la renovación o la santificación. [41] Las buenas obras no anteceden a la fe, ni tampoco la santificación antecede a la justificación sino que primero el Espíritu Santo enciende la fe en nosotros en la conversión. La fe se apropia la gracia de Dios en Cristo, y por esta gracia la persona es justificada. Luego una vez que la persona es justificada, es también renovada y santificada por el Espíritu Santo, y de esa renovación y santificación surgen después los frutos en forma de buenas obras. Esto no ha de entenderse como si la justificación y la renovación estuviesen separadas la una de la otra de tal modo que la fe genuina no pudiese existir y continuar por un tiempo juntamente con una inclinación hacia lo malo, sino que aquí sólo queremos indicar el orden como una antecede o sigue a la otra. Queda en pie lo que Lutero expone correctamente:167 «La fe y las buenas obras concuerdan y se complementan muy bien (están unidas inseparablemente); pero es la fe sola, sin las obras, la que se apropia la bendición; y no obstante, jamás y en ningún momento está sola». Este asunto ya se ha tratado en la exposición anterior.

[42] Muchos argumentos también han quedado explicados de una manera útil y acertada mediante esta clara distinción, de la cual habla la Apología168 refiriéndose a Santiago 2:24. Pues cuando se habla de la fe, como justicia, San Pablo enseña que la fe sola, sin obras, justifica (Ro. 3:28), por cuanto nos aplica y hace nuestros los méritos de Cristo, como ya se ha dicho. Pero cuando se pregunta en qué y por qué medio el cristiano puede percibir y notar la diferencia, bien en sí mismo o en otros, entre una fe verdadera y una fe fingida y muerta (y que muchos cristianos, por causa de la seguridad carnal se hacen de una ilusión y la consideran fe, en tanto que ellos mismos no poseen la verdadera fe), la Apología169 da la siguiente respuesta: Santiago llama fe muerta a aquella fe que no es seguida de todo género de buenas obras y frutos del Espíritu. Y respecto a esto, la edición latina de la Apología170 dice: «Santiago enseña correctamente cuando niega que podemos ser justificados por una fe desprovista de buenas obras, que es una fe muerta».

[43] Santiago habla empero, según declara la Apología,171 respecto a las obras de aquellos que ya han sido justificados por medio de Cristo, reconciliados con Dios y que ya han obtenido el perdón de los pecados por causa de Cristo. Mas, si se pregunta por qué medio y de dónde obtiene esto la fe, y qué se requiere para que justifique y salve, es falso e incorrecto decir: La fe sin obras no puede justificar; o la fe justifica por cuanto está acompañada del amor, del cual está formada; o la fe, para que justifique, necesita la presencia de las buenas obras; o en la justificación, o en el artículo de la justificación, es necesaria la presencia de las buenas obras; o las buenas obras son una causa sin la cual el hombre no puede ser justificado, o que las partículas excluyentes no pueden excluirlas del artículo de la justificación (Ro. 3:28). Pues la fe justifica sólo por cuanto y porque, como medio e instrumento, se apropia y acepta la gracia de Dios y los méritos de Cristo en la promesa del evangelio.

Que esto sea suficiente, ya que el propósito de este documento es presentar [44] una breve explicación del artículo de la justificación por la fe; pues este artículo se trata más detalladamente en los escritos ya mencionados. Por medio de éstos, también es clara la antítesis, esto es, las doctrinas contrarias; es decir, que además de los errores ya mencionados, también los siguientes y otros similares, o que riñen con la explicación actualmente publicada, tienen que ser redargüidos, repudiados y rechazados, como cuando se enseña:172

1. Que nuestro amor o buenas obras son mérito o causa de la justificación [45] delante de Dios, ya sea por completo o al menos en parte.173

2. Que por medio de las buenas obras el hombre se prepara a sí mismo [46] y se hace digno para que se le otorguen los méritos de Cristo.

3. Que nuestra verdadera justicia delante de Dios consiste en el amor o [47] la renovación que el Espíritu Santo obra en nosotros y que está en nosotros.

4. Que la justicia de la fe delante de Dios consta de dos partes: El perdón [48] de los pecados y la renovación o santificación.

5. Que la fe justifica sólo inicialmente, bien en parte o primariamente; [49] y que nuestra novedad de vida o amor justifica aun delante de Dios bien por completo o secundariamente.

6. Que los creyentes se justifican delante de Dios, o son justos delante [50] de Dios, tanto por la imputación como por el comienzo de la santidad simultáneamente, o en parte por la imputación de la justicia de Cristo y en parte por el comienzo de la nueva obediencia.

7. Que la aplicación de la promesa de la gracia se verifica tanto por la [51] fe que nace del corazón como por la confesión hecha por la boca, y por otras virtudes. Esto quiere decir que la fe justifica sólo por el hecho de que la justicia empieza en nosotros mediante la fe, o porque la fe ocupa la precedencia en la justificación. Sin embargo, la renovación y el amor también pertenecen a nuestra justicia delante de Dios, pero de tal manera que no son la causa principal de nuestra justicia, sino que sin tal amor y renovación nuestra justicia delante de Dios no es entera ni completa. También quiere decir que los creyentes se justifican y se hacen justos delante de Dios simultáneamente por la justicia imputada de Cristo y por la nueva obediencia incipiente, o en parte por la imputación de la justicia de Cristo y en parte por la nueva obediencia incipiente. También quiere decir que la promesa de la gracia se nos otorga mediante la fe que nace del corazón y mediante la confesión que se hace por la boca, y mediante otras virtudes.

[52] Es, además, incorrecto enseñar que el hombre tiene que ser salvo de alguna otra manera o mediante alguna otra cosa diferente de la que lo justifica delante de Dios, de modo que si bien es verdad que somos justificados delante de Dios mediante la fe sola, no obstante es imposible ser salvos sin las obras u obtener la salvación sin las obras.

[53] Tal enseñanza es falsa porque se opone diametralmente a la declaración de San Pablo en Romanos 4:6, que es bienaventurado el hombre a quien Dios atribuye justicia174 sin obras. San Pablo funda su argumento en que tanto la salvación como la justicia se obtienen de una y la misma manera; es decir, que cuando somos justificados por la fe, recibimos al mismo tiempo la [54] adopción de hijos y la herencia de la vida eterna y la salvación. Y por esta razón San Pablo emplea y recalca las partículas excluyentes «por gracia», «sin obras», etc., esto es, aquellas palabras mediante las cuales se excluyen por completo las obras y nuestros propios méritos; y las emplea y recalca con no menos vigor en el artículo acerca de la salvación que en el artículo acerca de la justificación.

Debe ser explicado correctamente también el argumento respecto a la morada en nosotros de la justicia esencial de Dios. Pues aunque en los escogidos, que son justificados por Cristo y se han reconciliado con Dios, mora por la fe Dios el Padre, Hijo y Espíritu Santo (pues todos los cristianos son templos de Dios el Padre, Hijo y Espíritu Santo, quien también los impulsa a hacer lo recto), sin embargo, esta morada de Dios no es la justicia de la fe de la que habla San Pablo (Ro. 1:17; 3:5, 22, 25; 2 Co. 5:21) y a la cual llama la justicia de Dios, y por causa de la cual somos declarados justos delante de Dios; sino que ella sigue a la justicia precedente de la fe, que no es otra cosa que el perdón de los pecados y la misericordiosa adopción del pobre pecador sólo por causa de la obediencia y los méritos de Cristo.

[55] Por consiguiente, ya que en nuestras iglesias se ha establecido sin la menor controversia entre los teólogos de la Confesión de Augsburgo que toda nuestra justicia debe ser buscada fuera de los méritos, obras, virtudes y dignidad de parte nuestra y de todos los hombres y que esa justicia descansa únicamente en nuestro Señor Jesucristo, es menester considerar con el mayor cuidado en qué sentido a Cristo se le llama nuestra justicia en el asunto de nuestra justificación, a saber que nuestra justicia no descansa en una naturaleza o la otra, sino en toda la persona de Cristo, quien como Dios y hombre es nuestra justicia en toda su completa y perfecta obediencia.

Pues si sólo en su naturaleza humana Cristo hubiese sido concebido por [56] el Espíritu Santo y nacido sin pecado y cumplido toda justicia, pero no hubiese sido el Dios verdadero y eterno, esta obediencia y pasión de su naturaleza humana no se nos podría ser contada por justicia. De igual modo, si el Hijo de Dios no se hubiese hecho hombre, la naturaleza divina sola no podría ser nuestra justicia. Por lo tanto, creemos, enseñamos y confesamos que nos es contada por justicia toda la obediencia de toda la persona de Cristo—la obediencia que Cristo, aun hasta su ignominiosa muerte en la cruz, rindió al Padre por nosotros. Pues la naturaleza humana sola, independiente de la divina, ni con su obediencia ni con su pasión podría rendir satisfacción al Dios eterno y omnipotente por los pecados de todo el mundo. Tampoco la naturaleza divina sola, independiente de la humana, podría servir de mediadora entre Dios y nosotros.

En consideración de lo dicho anteriormente,175 la perfecta obediencia de [57] Cristo, activa y pasiva, es una completa satisfacción y expiación hecha por todos los seres humanos; por ella ha sido satisfecha la eterna e inmutable justicia de Dios, revelada en la ley, y así la justicia de Cristo llega a ser nuestra justicia, que vale delante de Dios y que se revela en el evangelio. La fe que salva descansa en esta justicia, imputada por Dios al creyente, según está escrito en Romanos 5:19: «Así como por la desobediencia de un hombre los muchos fueron constituidos pecadores, así también por la obediencia de uno los muchos serán constituidos justos»; y en 1 Juan 1:7: «La sangre de Jesucristo, el Hijo de Dios, nos limpia de todo pecado». Y el justo por la fe vivirá (Hab. 2:4; Ro. 1:17).

De modo que no es la naturaleza divina de Cristo sola ni la humana sola [58] la que se nos cuenta por justicia, sino la obediencia de toda la persona, que es simultáneamente Dios y hombre. Y así considera la fe a la persona de Cristo según fue hecha ésta bajo la ley por causa nuestra, llevó nuestros pecados y al subir a los cielos ofreció al Padre celestial toda su obediencia desde su nacimiento hasta su muerte, por causa nuestra, cubriendo de este modo toda la desobediencia que es inherente en nuestra naturaleza humana en pensamientos, palabras y obras. Esta desobediencia no se nos atribuye pues para condenación, sino que nos es perdonada y remitida de pura gracia, sólo por causa de Cristo.

Por lo tanto, unánimemente rechazamos y condenamos, además de los [59] ya citados, todos los errores siguientes y otros similares, como contrarios a la palabra de Dios, la doctrina de los profetas y los apóstoles y nuestra fe cristiana:

[60] 1. La doctrina que enseña que Cristo es nuestra justicia delante de Dios según su naturaleza divina únicamente.

[61] 2. La doctrina que enseña que Cristo es nuestra justicia según su naturaleza humana únicamente.

[62] 3. La doctrina que enseña que en los escritos de los apóstoles y los profetas, donde se menciona la justicia de la fe, las expresiones justificar y ser justificado no quieren decir declarar o ser declarado libre de pecados o la manera como obtener el perdón de los pecados, sino en realidad ser hecho justo por causa del amor infundido por el Espíritu Santo y las virtudes y obras que emanan de ese amor.

[63] 4. La doctrina que enseña que la fe no descansa sólo en la obediencia de Cristo, sino en su naturaleza divina, según mora y obra ésta en nosotros, y que por esta morada son cubiertos nuestros pecados delante de Dios.

[64] 5. La doctrina que enseña que la fe es una confianza tal en la obediencia de Cristo que puede existir y permanecer en el hombre aun cuando éste carece de verdadero arrepentimiento, no demuestra el fruto del amor, sino que persiste en pecar contra su conciencia.

[65] 6. La doctrina que enseña que no es Dios mismo quien mora en los creyentes, sino sólo los dones de Dios.

Rechazamos unánimemente todos estos errores y otros similares como contrarios a la clara palabra de Dios, y por la gracia de Dios permanecemos firmes y constantes en la doctrina de la justicia de la fe que vale delante de Dios, según se encuentra esa doctrina expuesta, explicada y comprobada por la palabra de Dios en la Confesión de Augsburgo y su Apología.

Respecto a lo que además se necesite para explicar debidamente este importante y principal artículo acerca de la justificación que vale delante de Dios y del cual depende la salvación de nuestra alma, dirigimos al lector al excelente comentario del Dr. Martín Lutero sobre la Epístola de San Pablo a los Gálatas, al cual por causa de brevedad no nos referimos aquí.

151. Andrés Osiander.

152. Francisco Stancaro, monje italiano que se opuso a Osiander cuando éste expuso su teoría en Königsberg. Como fuente de la tesis de Stancaro puede haber servido Pedro Lombardo, Sent. III d 19 c.7.

153. Particularmente Felipe Melanchton, Joaquín Mörlin, Justus Menius, Matías Flacius Illyricus, Nicolaus von Amsdorf, Nicolaus Gallus y Matthäus Lauterwaldt.

154. E. Wolf (BSLK, p. 915, nota 1) observa que en el Bekantnus (de Osiander) la tesis no tiene una formulación tan excluyente; que él «únicamente» aparece sólo en el planteo del problema, no en las respuestas, las cuales, no obstante—continúa Wolf—sugieren la inclusión de la partícula exclusiva. Uno de los pasajes a que remite el autor, y donde estaría sugerida tal inclusión, es Bl. Q 3 a. En el lugar indicado, Osiander, después de formular la cuestión, dice que su respuesta, llana, correcta y clara, es que Cristo es nuestra justicia según su naturaleza divina, y no según la naturaleza humana. T. Mahlmann (Das neue Dogma der lutherischen Christologie, 1969, p.97) que transcribe parte del texto a que alude Wolf («Hie ist nun mein lautere, richtige und klare antwort, das er nach seiner Göttlichen Natur unser Gerechtigkeit sey und nicht nach der Menschlichen Natur»), comenta que el giro «und nicht» («y no») del texto de Osiander revela a las claras que está incluido lógicamente un «sólo» donde se dice «según la naturaleza divina». Cf. también el texto de la Widerlegung (refutación) transcrito por Wolf, loc. cit.

155. Uber das. Texto lat.: Praeter hanc controversiam.

156. III, 45–51.

157. Vid. Apología IV, 2, 3, y version alemana de Justus Jonas, BSLK, p. 159.

158. En el original: arm (pobre). Así traduce Justus Jonas. Cf. BSLK p. 159. En el Libro de Concordia latino de 1584, y también en el de 1580: conscientiae perturbatae. En la Apología: piis conscientiis.

159. WA XXXI1, 255.

160. I.e. los Credos Ecuménicos, la Confesión de Augsburgo, la Apología de la Confesión de Augsburgo, los Artículos de Esmalcalda, el Catecismo Menor y el Catecismo Mayor. Vid. Decl. Sól., Breve Fundamento, 1–9.

161. En el original: das «durch eines Gerechtfertigkeit die Rechtfertigung des Glaubens über alle Menschen» komme («que por la justicia de Uno vino la justificación de la fe a todos los hombres»). La expresión Rechtfertigung des Glaubens viene de la traducción de Lutero en su forma primitiva, corregida luego en Rechtfertigung des Lebens. Libro de Concordia en latín, 1580 y 1584: iustificatio vitae.

162. Apología IV, 72: Et quia iustificari significat ex iniustis iustos effici seu regeneran («Y por cuanto ser justificados significa ser convertidos de injustos en justos, o ser regenerados»); IV, 78: Igitur sola fide iustificamur, intelligendo iustificationem, ex iniusto iustum effici seu regenerari («Por lo tanto somos justificados por la fe sola, entendiéndose con ‘justificación’ ser convertido de injusto en justo, o ser regenerado»); IV, 177: ex iniustis iusti efficiamur seu regeneremur («para que seamos convertidos de injustos en justos, o sea, para que seamos regenerados»). Cf. CR XXVII, 466, 468, 470: Iustificatio est regeneratio («justificación es regeneración»).

163. P. ej. Apología IV, 250; VII, 31.

164. WA L, 599; 625 y sigtes.

165. WA XLI 240.

166. Allein durch den Glauben (sola fide, o solum per fiden, o per solam fiidem): Así es como Lutero tradujo el griego pístei en Ro. 3:28. En una breve «carta abierta» (Sendbrief vom Dolmetschen, 1530, WA XXV, 2, 632–646, cf. Obras de Martín Lutero, Ed. La Aurora, Buenos Aires, vol. VI, El Arte de traducir, pp. 21–36, especialmente pp. 30–32), Lutero defiende su traducción, y al mismo tiempo expone principios del arte de traducir que son objeto de comentarios desde entonces hasta hoy día. Cf. p. ej. el reciente artículo de John L. Bechtel, The modern application of Martin Luther’s ‘Open Letter on Translating’, Universidad de Andrews, vol. XI, julio de 1973, 145–151.

167. WA XL, 255.

168. Apología IV, 244.

169. Cf. Apología IV, trad. alemana, BSLK, p. 209; vid. Apología IV, 249.

170. Apología IV, 249.

171. Apología IV, 252.

172. Según Hutterus, Explicatio, 407, las antítesis 1-7 apuntan a los errores Romanensium (errores de los teólogos romanos). Cabe suponer, sin embargo, que al redactarlas se haya pensado también en Osiander.

173. Vid. Martín Chemnitz, Examen Concilii Tridentini, I, 9, ed. Preuss, p. 178 sigtes.

174. En el original: Gerechtigkeit = justicia.

175. III, 15, 16.