Artículo IV La Justificación
En cuanto al artículo cuarto, quinto, sexto, y también en el vigésimo, [1] nuestros adversarios nos condenan porque enseñamos que los hombres obtienen remisión de pecados, no por sus propios méritos, sino por gracia por la fe en Cristo. Pues condenan ambas cosas: Nuestra negación de que los hombres obtienen remisión de pecados por sus méritos propios, y nuestra afirmación de que son justificados por la fe en Cristo.36 Como en esta controversia [2] se plantea la cuestión principal de la doctrina cristiana, cuestión que, bien entendida, esclarece y acrecienta el honor de Cristo y lleva a las conciencias piadosas el tan necesario consuelo en medida abundantísima, pedimos a Su Majestad Imperial que nos escuche con clemencia en un asunto de tanta [3] importancia. Pues nuestros adversarios, dado que no entienden lo que es la remisión de pecados, ni la fe, ni la gracia, ni la justificación, tergiversan miserablemente esta cuestión, obscurecen la gloria y los beneficios de Cristo y privan a las conciencias piadosas de los consuelos que se ofrecen en Cristo. [4] Mas para poder confirmar la posición de nuestra Confesión y desvirtuar los argumentos que nos oponen nuestros adversarios, deben tratarse primero ciertas cuestiones, a fin de que se puedan conocer las fuentes de uno y otro género de doctrina, es decir, la de nuestros adversarios y la nuestra propia.
[5] Toda la Escritura debe dividirse en estos dos temas principales: La ley y las promesas. En efecto, a veces presenta la ley, y otras veces presenta la promesa referente a Cristo, en las siguientes dos modalidades: Cuando promete que Cristo ha de venir, y asegura por mediación suya remisión de pecados, justificación y vida eterna, o cuando en el evangelio, el Cristo ya venido [6] promete remisión de pecados, justificación y vida eterna. Llamamos ley en esta controversia a los Diez Mandamientos del Decálogo, dondequiera que se lean en la Escritura. Nada decimos por el momento de las ceremonias y leyes judiciales de Moisés.
[7] De estos dos temas, nuestros adversarios escogen la ley, porque por naturaleza, la razón humana posee cierto entendimiento de la ley (pues tiene el mismo juicio escrita por Dios37 en la mente), y por la ley buscan remisión [8] de pecados y justificación. Mas el Decálogo requiere no sólo las obras exteriores de la así llamada justicia civil, que de algún modo, la razón es capaz de producir, sino que requiere también otras cosas, que sobrepasan en mucho las facultades de la razón, a saber: Temer, amar e invocar a Dios verdaderamente, estar realmente convencido de que Dios nos oye, y esperar la ayuda de Dios en la muerte y en todas nuestras aflicciones. Finalmente, requiere obediencia a Dios, en la muerte y en todas las aflicciones, para que no huyamos de ellas y las rechacemos cuando Dios nos las impone.
[9] A ese respecto, los escolásticos, siguiendo a los filósofos, enseñan tan sólo una justicia de la razón, o sea, obras de la justicia civil, y añaden que la razón sola, sin el Espíritu Santo, puede amar a Dios sobre todas las cosas. Porque mientras el alma humana vive en paz y calma, y no siente la ira o el juicio de Dios, puede imaginar que desea amar a Dios, que desea hacer el bien por amor a Dios. Así es como enseñan que los hombres obtienen remisión de pecados, haciendo lo que esté de su parte, esto es, cuando la razón, doliéndose del pecado, provoca el acto de amar a Dios,38 u obra el bien por causa de Dios. Y ya que esta creencia halaga por naturaleza a los hombres, [10] originó e incrementó en la iglesia muchos ritos, como los votos monásticos, los abusos de la misa, y como consecuencia de esta creencia, unos se han dedicado a inventar tales ritos y observancias, y otros, tales otros, y para [11] alimentar y aumentar la confianza en semejantes obras han declarado que Dios necesariamente concede la gracia a quien así actúa, no por necesidad de coacción, sino de inmutabilidad.
Hay en esta creencia muchos errores grandes y perniciosos que sería [12] prolijo enumerar. Piense el prudente lector tan sólo en esto: Si ésta es la justicia cristiana, ¿qué diferencia hay entre la filosofía y la doctrina de Cristo? Si obtenemos remisión de pecados por medio de esos actos que nosotros mismos provocamos, ¿de qué provecho nos es Cristo? Si podemos justificarnos por nuestra razón, y por las obras de nuestra razón, ¿qué necesidad tenemos de Cristo o de la regeneración? A causa de estas opiniones la discusión [13] ha llegado al extremo de que muchos hacen burla de nosotros, porque enseñamos que es preciso buscar una justificación distinta de la mera justificación filosófica. Nos hemos enterado de que algunos, dejando a un lado el [14] evangelio, en vez de dar un sermón han explicado la ética de Aristóteles. Y no andaban tan errados, si es verdad lo que defienden como tal nuestros adversarios. Pues Aristóteles trató el tema de la ética civil de una manera tan [15] erudita que no se podría pedir nada mejor al respecto. Vemos que circulan libros en los que se comparan palabras de Cristo con sentencias de Sócrates, de Zenón y de otros, como si Cristo hubiese venido al mundo a promulgar leyes por medio de las cuales pudiéramos merecer remisión de pecados, y no la tuviésemos por su gracia y por los méritos de él. Por tanto, si en este punto [16] aceptamos la doctrina de nuestros adversarios según la cual nos hacemos acreedores a la remisión de pecados y la justificación por las obras de nuestra razón, ya no habrá ninguna diferencia entre la justicia filosófica, ciertamente farisaica, y la justicia cristiana.
Verdad es que nuestros adversarios, para no pasar por alto completamente [17] a Cristo, exigen el conocimiento de la historia de Cristo, y admiten que por su mérito se nos ha infundido cierto hábito, o como ellos dicen, prima gratia, una primera gracia, que consideran como una inclinación a amar a Dios con más fervor. Sin embargo, muy poco es lo que atribuyen a este hábito, porque piensan que los actos de la voluntad siguen siendo de la misma especie antes y después de recibido dicho hábito. Su idea es que la voluntad puede amar a Dios, pero que este hábito la mueve a hacerlo con más fervor. Y exigen que este «hábito primero» lo merezcamos mediante merecimientos, precedentes,39 y luego merezcamos por medio de las obras de la ley un aumento [18] del mismo y vida eterna. De este modo entierran a Cristo, para que los hombres no se valgan de él como de un mediador, ni piensen que por causa de él reciben en forma gratuita remisión de pecados y reconciliación, sino por el contrario, sueñen con que por medio de su propio cumplimiento de la ley merecen perdón de pecados, y que por medio de este mismo cumplimiento de la ley son considerados justos delante de Dios, pero la verdad es que nunca se satisface a la ley, por cuanto la razón no ejecuta sino ciertos actos civiles, sin temer a Dios, y sin creer que Dios se fija en lo que ella hace. Por mucho que. hablen de ese hábito, ni puede haber en los hombres amor de Dios sin la justicia de la fe, ni puede entenderse lo que es amor de Dios.
[19] La distinción que inventan entre el mérito de congruo y mérito de condigno40 es tan sólo una artimaña para no dar la impresión de que siguen abiertamente a Pelagio. Porque si Dios concede la gracia necesariamente por el mérito de congruo, ya no es mérito de congruo sino de condigno. Pero no saben lo que dicen. Sostienen, sin fundamento válido, que una vez que existe ese hábito del amor, el hombre es capaz de hacer méritos de condigno. Pero por otra parte quieren que dudemos de que tal hábito verdaderamente existe. ¿Cómo pueden saber entonces si merecen algo de congruo o de condigno? Pero todo este asunto ha sido inventado por hombres ociosos, que no saben [20] cómo es el proceso de la remisión de pecados, ni cómo es desbaratada en nosotros la confianza en nuestras obras cuando se trata del juicio de Dios o de los temores de nuestra conciencia. Hipócritas seguros de sí mismos, siempre piensan que merecen de condigno, esté presente aquel hábito o no esté presente, porque por naturaleza, los hombres confían en su propia justicia. Pero las conciencias atemorizadas vacilan y dudan, y luego buscan y acumulan otras obras distintas para tranquilizarse. Nunca creen que merecen de condigno, y caen en desesperación a menos que oigan, además de la doctrina de la ley, el evangelio de la remisión gratuita de los pecados y de la justicia de la fe.
De esta manera, nuestros adversarios no enseñan más que la justicia de [21] la razón, que es ciertamente la justicia de la ley, y a ésta la contemplan como los judíos contemplaban la faz velada de Moisés, y en los hipócritas seguros de sí mismos, que piensan poder satisfacer a la ley, excitan la presunción y la confianza vana en las obras y el desprecio de la gracia de Cristo. Y por otra parte llevan a la desesperación a las conciencias atemorizadas, las cuales, produciendo obras dudando del valor de las mismas, nunca pueden hacer experiencia de lo que es la fe y de cuán grande es su eficacia, terminando así por desesperarse del todo.
En lo que a nosotros se refiere, nuestra opinión acerca de la justicia de [22] la razón es ésta: Dios la requiere, y por este mandamiento de Dios han de hacerse necesariamente las obras buenas que ordena el Decálogo, como dice Pablo, Gálatas 3:24: «La ley ha sido nuestro ayo»; y asimismo, 1 Timoteo 1:9: «La ley fue dada para los transgresores». Dios quiere sujetar a los [hombres] camales41 a esa disciplina civil, y para mantenerla les ha dado leyes, conocimiento, doctrina, magistrados y penas. En cierto modo, la razón puede [23] producir esta justicia por sus propias fuerzas, si bien fracasa amenudo por su flaqueza natural, y el diablo la incita a cometer delitos manifiestos. Mas a pesar de que de buena gana tributamos a esta justicia de la razón las alabanzas que merece—la naturaleza corrompida no tiene otro bien mayor que éste, y [24] con razón dice Aristóteles que: «Ni el lucero vespertino ni el matutino es más hermoso que la justicia»42—y que Dios aun la honra con recompensas físicas, aun así no debe ser ensalzada en perjuicio de Cristo.
[25] Falso es, pues, que por nuestras obras merecemos perdón de pecados.
[26] Falso es, asimismo, que los hombres son considerados justos delante de Dios en virtud de la justicia de la razón.
[27] Falso es también que la razón puede por sus propias fuerzas amar a Dios sobre todas las cosas y cumplir la ley de Dios, es decir, temer de veras a Dios, creer realmente que Dios escucha nuestra oración, desear obedecer a Dios en la muerte y en todo cuanto él dispone, no apetecer bienes ajenos, etc., aunque la razón sí puede cumplir obras pertenecientes a la justicia civil.
[28] Falso y ofensivo para Cristo es asimismo pretender que no pecan los hombres que cumplen los mandamientos de Dios sin poseer el don de la gracia.
[29] Para confirmar nuestra aserción, tenemos testimonios, no sólo en las Escrituras, sino en los Padres. En su extensísima disputa contra los pelagianos, Agustín insiste en que la gracia no se consigue por nuestros propios méritos. Y en su obra «De la naturaleza y de la gracia» dice: «Si la capacidad natural, por medio del libre albedrío, es suficiente tanto para saber cómo se ha de vivir, como para vivir rectamente, Cristo murió en vano, y resulta inútil el [30] escándalo de la cruz. ¿Cómo no habría de levantar aquí también la voz mía? La levantaré, y con cristiano dolor los increparé, diciendo: ‘Os habéis desligado de Cristo, pues os habéis justificado por medio de la naturaleza,43 y habéis caído de la gracia’ (Gál. 5:4; cf. 2:21). Porque ignorando la justicia de Dios, y procurando establecer la vuestra propia, no os sujetáis a la justicia de Dios. Porque así como Cristo es el fin de la ley, así también Cristo es el Salvador de la viciosa naturaleza humana, para justificación de todo aquel que cree (Ro. 10:3-4)».44
[31] Y en Juan 8:36 leemos: «Si el Hijo os libertare, seréis verdaderamente libres». Así que por medio de la razón, no podemos libertarnos de nuestros pecados, ni conseguir perdón de pecados. Y en Juan 3:5 está escrito: «El que no naciere otra vez de agua y del Espíritu, no puede entrar en el reino de Dios». Luego si es necesario nacer otra vez del Espíritu Santo, la justicia de [32] la razón no nos justifica ante Dios, y no cumple la ley. Romanos 3:23: «Todos están destituidos de la gloria de Dios», esto es, carecen de la sabiduría y de la justicia de Dios, la cual conoce y glorifica a Dios. Asimismo, Romanos 8:7-8: «Los designios de la carne son enemistad contra Dios; porque no se sujetan a la ley de Dios, ni tampoco pueden; y los que viven según la carne no pueden agradar a Dios». Estos testimonios son tan claros, que no necesitan [33] de un entendedor agudo, sino de un oyente atento, para decirlo con Agustín cuando trata del asunto.45 Si los designios de la carne son enemistad contra Dios, es seguro que la carne no ama a Dios: Si no pueden sujetarse a la ley de Dios, tampoco pueden amar a Dios. Si los designios de la carne son enemistad contra Dios, la carne peca incluso cuando hacemos las obras exteriores de la justicia civil. Si no pueden sujetarse a la ley de Dios, de seguro pecan, aun cuando tengan en su haber obras excelentes y dignas de alabanza según la opinión humana. Nuestros adversarios se fijan sólo en los preceptos [34] de la segunda tabla de la ley, los cuales se refieren a la justicia civil, que la razón entiende. Y contentándose con esta justicia, piensan que cumplen la ley de Dios. Y entretanto no se fijan en la primera tabla, que nos manda amar a Dios, estar profundamente convencidos de que el pecado suscita la ira de Dios, temer a Dios de veras, tener la plena certeza de que Dios escucha nuestra oración. Pero sin el Espíritu Santo el alma humana, sintiéndose segura, desprecia el juicio de Dios, o, al ser castigada, huye de Dios y le odia cuando él ejecuta su juicio. Por tanto, no obedece a la primera tabla. Y como el [35] desprecio de Dios, la duda en cuanto a la palabra de Dios y sus amenazas y promesas están profundamente arraigados en la naturaleza humana, los hombres pecan verdaderamente, aun cuando hacen buenas obras sin el Espíritu Santo, porque las hacen con el corazón impío, según aquello de que «Todo lo que no proviene de fe, es pecado» (Ro. 14:23). Porque los tales obran con desprecio de Dios, como Epicuro, que se niega a creer que Dios cuida de él, tiene sus ojos puestos en él, y le escucha.46 Este desprecio desvirtúa todas las obras que parecen virtuosas, porque Dios juzga los corazones.
Por último, nuestros adversarios escriben, con asombrosa imprudencia, [36] que los hombres, sujetos a eterna ira, se hacen merecedores de la remisión de pecados por un acto de amor provocado por el hombre mismo,47 cuando en realidad es imposible amar a Dios a menos que antes se aprehenda, mediante la fe, la remisión de pecados. Pues el corazón humano que verdaderamente sabe que Dios está airado, no puede amar a Dios, si Dios no se le manifiesta aplacado. Mientras él nos inspira temor, y parece arrojarnos a la muerte eterna, la naturaleza humana no puede cobrar aliento para amar al Dios airado que juzga y castiga. Es fácil para los hombres ociosos inventar estos sueños en [37] cuanto al amor, y pensar que un culpable de pecado mortal48 puede amar a Dios sobre todas las cosas, porque no saben lo que es la ira o el juicio de Dios. Pero en momentos de angustia y en el ardor de la lucha, la conciencia experimenta la vanidad de esas especulaciones filosóficas. Pablo dice: «La [38] ley produce ira» (Ro. 4:15). No dice que por la ley, los hombres consiguen perdón de pecados. Pues la ley siempre acusa a las conciencias y las llena de terror. Por lo tanto no justifica, porque la conciencia, aterrorizada por la ley, huye del juicio de Dios. Yerran, pues, quienes confían en merecer perdón [39] de pecados por la ley, y mediante sus porpias obras. Baste lo dicho en cuanto a la justicia de la razón o de la ley que enseñan nuestros adversarios. Pues un poco más adelante, cuando expongamos nuestro parecer respecto de la justicia de la fe, el tema mismo nos obligará a citar otros testimonios más que también contribuirán a desbaratar los errores de nuestros adversarios que acabamos de examinar.
[40] Como los hombres no pueden por sus propias fuerzas cumplir la ley de Dios, y como están sumidos en el pecado y son culpables de eterna ira y muerte, no podemos ser librados del pecado ni ser justificados por la ley; antes bien la promesa de remisión de pecados y de justificación nos ha sido dada por causa de Cristo, entregado por nosotros para expiar los pecados del [41] mundo, y puesto como mediador y propiciador. Y esta promesa no está condicionada por nuestros méritos, sino que ofrece, gratuitamente remisión de pecados y justificación, como lo dice Pablo (Ro. 11:6): «Si por obras, ya no es gracia», y en otro lugar (Ro. 3:21): «Aparte de la ley, se ha manifestado la justicia de Dios, esto es, la remisión de pecados se ofrece de gracia». La [42] reconciliación tampoco depende de nuestros méritos. Porque si la remisión de pecados dependiese de nuestros méritos, y la reconciliación dependiese de la ley, no tendría ningún valor. Porque como no cumplimos la ley, se seguiría que tampoco la promesa de reconciliación jamás se haría efectiva para nosotros. Así argumenta Pablo, Romanos 4:14: «Porque si los que son de la ley son los herederos, vana resulta la fe, y anulada la promesa». Porque si la promesa estuviese supeditada a nuestros méritos y a la ley, seguiríase que la promesa es inútil puesto que no cumplimos nunca la ley.
[43] Pero como la justificación se obtiene por la promesa gratuita, síguese que no podemos justificarnos a nosotros mismos. De otro modo, ¿qué necesidad habría de promesa? Y como la promesa no puede aprehenderse sin la fe, el evangelio, que es propiamente la promesa del perdón de pecados y de justificación por medio de Cristo, proclama la justificación por la fe en Cristo, cosa que la ley no enseña. Y tampoco es ésta la justicia de la ley. La [44] ley requiere de nosotros nuestras obras y nuestra perfección. Pero la promesa nos ofrece a quienes estamos oprimidos por el pecado y la muerte, la reconciliación gratuita por medio de Cristo, que se consigue, no por las obras, sino por la fe sola. Esta fe no ofrece a Dios nuestra confianza en méritos propios, sino solamente la confianza en la promesa o en la misericordia prometida en Cristo. Así pues, esta fe especial, por la que cada uno cree que le son perdonados [45] los pecados por causa de Cristo, y que Dios ha quedado aplacado y nos es propicio por causa de Cristo—esta fe es la que consigue remisión de pecados y nos hace justos. Y como en nuestro arrepentimiento, es decir, en nuestros terrores, esta fe nos consuela y levanta nuestros corazones, también nos regenera y hace que llegue a nosotros el Espíritu Santo, para que luego podamos cumplir la ley de Dios, esto es, amar a Dios, temerlo de verdad, estar convencidos de que Dios escucha nuestra oración, obedecer a Dios en todas nuestras aflicciones; y además mortifica nuestra concupiscencia, etc. Así pues, la fe que recibe gratuitamente el perdón de los pecados, no opone [46] a la ira de Dios nuestros méritos o nuestro amor, sino que le opone a Cristo, el mediador y propiciador. Esta fe es un conocimiento verdadero de Cristo, se vale de los beneficios de Cristo, regenera los corazones y precede al cumplimiento de la ley. Y sin embargo, sobre esta fe no hay escrita ni una sílaba [47] en todo lo que enseñan nuestros adversarios. Es por esto que los censuramos porque sólo enseñan la justicia de la ley, y no enseñan la justicia del evangelio, que proclama la justificación por la fe en Cristo.
¿QUÉ ES UNA FE QUE JUSTIFICA?
Nuestros adversarios se imaginan que la fe es sólo un conocimiento de [48] la historia, y por eso enseñan que puede coexistir con el pecado mortal. Nada dicen, por lo tanto, de esa fe por la cual, como tantas veces repite Pablo, los hombres son justificados, dado que los que son tenidos por justos ante Dios, no andan en pecado mortal. Pero aquella fe que justifica no es sólo un conocimiento de la historia, es asentir a la promesa de Dios en la cual se ofrece por gracia, por causa de Cristo, la remisión de pecados y justificación.49 Y para que nadie llegue a creer que es sólo un conocimiento, volvemos a repetir: Es desear y aceptar la promesa del perdón de pecados y de la justificación.
[49] Fácilmente puede verse la diferencia que existe entre esta fe y la justicia de la ley. La fe es una latría50 que recibe los beneficios ofrecidos por Dios; la justicia de la ley es una latría que ofrece a Dios nuestros propios méritos. Con una fe tal es que Dios quiere que se le adore, o sea: Que aceptemos de él todo cuanto nos promete y ofrece.
[50] Que la fe significa no sólo conocimiento de la historia, sino esta otra fe que da crédito a la promesa, lo atestigua claramente Pablo cuando dice (Ro. 4:16): «Por tanto, [la justicia] es por la fe, para que la promesa sea firme». Su pensamiento es pues, que la promesa no puede recibirse sino por la fe. Por eso establece una correlación entre promesa y fe y liga la una con la [51] otra.51 Por otra parte, resultará fácil entender lo que es la fe, si consideramos el Credo, donde figura con toda claridad este artículo: La remisión de pecados. No es, pues, suficiente creer que Cristo nació, padeció y resucitó, sino que es preciso añadir el mencionado artículo, que constituye la causa final de la historia: La remisión de pecados. Y con este artículo hay que relacionar los demás, a saber, que se nos concede perdón de pecados por causa de Cristo, [52] y no en virtud de nuestros méritos. ¿Qué necesidad había de que Cristo fuera entregado por nuestros pecados, si nuestros méritos son capaces de expiar nuestros pecados?
[53] Por ende, todas las veces que hablamos de la fe que justifica, ha de entenderse que concurren en ella estos tres factores: La promesa, que se hace gratuitamente, los méritos de Cristo como precio, y la propiciación. La promesa se recibe por la fe. Lo de «gratuitamente» excluye nuestros méritos, y [54] significa que el beneficio es ofrecido sólo por misericordia. Los méritos de Cristo constituyen el precio, porque es menester que haya una propiciación segura y eficaz por nuestros pecados. La Escritura apela con frecuencia a la misericordia.52 Y los santos Padres dicen a menudo que somos salvos por [55] misericordia. Cuantas veces, pues, se hace mención de la misericordia, ha de entenderse que allí se requiere la fe que acepta la promesa de misericordia. E insistimos, cuantas veces hablamos de la fe, queremos que se entienda su objeto,53 a saber, la misericordia prometida. La fe no justifica o salva porque [56] de por sí sea una obra digna, sino tan sólo porque acepta la misericordia prometida. Y este culto, esta latría, se ensalza a cada paso en los Profetas y [57] en los Salmos; la ley en cambio no enseña la remisión gratuita de los pecados. Pero los Padres conocían la promesa referente a Cristo, y sabían que Dios deseaba perdonar los pecados por medio de Cristo. Y así, comprendiendo que Cristo era el precio que hubo que pagar por nuestros pecados, sabían que nuestras obras no eran precio para un bien tan grande. Por eso aceptaban por la fe la misericordia gratuita y la remisión de pecados, tal como hacen los santos en el Nuevo Testamento. A esto se refieren las frecuentes declaraciones [58] acerca de la misericordia y de la fe en los Salmos y en los Profetas, como ésta (Sal. 130:3 y sig.): «Si mirares a los pecados, ¿quién, oh Señor, podrá mantenerse?» Aquí David confiesa sus pecados, y no alega los méritos propios. Y añade: «Pero en ti hay perdón». Con esto fortalece su ánimo mediante la confianza en la misericordia de Dios, y cita la promesa: «En su palabra he esperado. Mi alma esperó a Jehová», es decir: Como has prometido perdón de pecados, me sustento con esta tu promesa. Así pues, también los padres [59] eran justificados, no por la ley, sino por la promesa y la fe. Y es sorprendente que nuestros adversarios debiliten la fe de este modo, pese a que ven que por doquier se la ensalza como el culto principal, como p.ej. en el Salmo 50:15: «Invócame en el día de la angustia, y yo te libraré». Así es como Dios quiere [60] que se le conozca y que se le adore, a saber, que aceptemos los beneficios que él nos ofrece, y los recibamos por causa de su misericordia, y no en virtud de nuestros méritos. Este es el mayor consuelo en todas las tribulaciones. Y estos consuelos, nuestros adversarios los anulan cuando debilitan y vituperan a la fe, y sólo enseñan que el trato de los hombres con Dios se hace por medio de sus propias obras y sus propios méritos.
LA FE EN CRISTO JUSTIFICA
Primero, para que nadie piense que hablamos del inoperante conocimiento [61] de la historia, diremos cómo se obtiene la fe. Después, mostraremos tanto el modo cómo esa fe justifica, como también la forma en que debemos entender esto, y rebatiremos las objeciones de nuestros adversarios. En el [62] último capítulo de Lucas (24:47), Cristo nos manda predicar en su nombre el arrepentimiento y la remisión de pecados. Pues el evangelio convence a todos los hombres de que están bajo el pecado, de que todos son merecedores de eterna ira y muerte, y ofrece, a causa de Cristo, remisión de pecados y justificación que recibe aquel que cree. La predicación del arrepentimiento que nos acusa, estremece las conciencias con auténticos y graves terrores. En estos terrores, los corazones tienen que ser nuevamente consolados. Y lo serán si creen en la promesa de Cristo, a saber, que por causa de él conseguimos perdón de pecados. Esta fe, que en estos terrores nos inspira ánimo y consuelo, consigue remisión de pecados, justifica y vivifica. Porque este consuelo es [63] una vida nueva y espiritual. Estas cosas son claras y manifiestas; pueden ser entendidas por las personas piadosas, y tienen el apoyo de los testimonios de la iglesia. En los escritos de nuestros adversarios no hay ningún pasaje en que se diga cómo se nos concede el Espíritu Santo. Hablan de que los sacramentos confieren el Espíritu Santo «ex opere operato»,54 sin necesidad de un impulso bueno por parte de quien los recibe, como si el don del Espíritu Santo fuese cosa vana.
[64] Pero como hablamos de una fe que no es un pensamiento ocioso, sino que libra de la muerte y origina en los corazones una vida nueva, y que es obra del Espíritu Santo, esa fe no puede coexistir con el pecado mortal, sino que lleva buenos frutos en todo tiempo en que está presente, como diremos [65] más adelante. ¿Puede decirse algo más claro y más sencillo en cuanto a la conversión del impío o el modo en que se efectúa su regeneración? En un tan grande ejército de escritores, muéstrennos un solo comentario a las Sentencias55 que diga algo acerca del modo en que se efectúa la regeneración. [66] Cuando hablan del «hábito del amor», imaginan que los hombres se lo merecen por medio de sus obras, tal como lo enseñan en nuestros días los anabaptistas, [67] pero no enseñan que se consigue por la palabra. Mas con Dios no se puede tratar ni se le puede aprehender sino por vía de la palabra. Por tanto, la justificación se hace por la palabra, como lo dice Pablo (Ro. 1:16): «El evangelio es poder de Dios para salvación a todo aquel que cree». Y asimismo (Ro. 10:17): «La fe es por el oír». Esto nos permite sacar la conclusión de que la fe justifica, porque si la justificación se efectúa sólo por la palabra, y la palabra sólo se aprehende por la fe, se sigue que la fe justifica. Pero hay [68] otras razones, aún más poderosas. Lo que dijimos hasta aquí era para demostrar el modo cómo se efectúa la regeneración, y para que se pudiera entender de qué clase de fe estamos hablando.
[69] Demostraremos ahora que la fe justifica. En primer lugar, es preciso advertir a los lectores lo siguiente: Así como hay que mantener la afirmación de que Cristo es mediador, así también hay que mantener la de que la fe justifica. En efecto, ¿cómo puede ser Cristo nuestro mediador, si en materia de justificación no acudimos a sus oficios como tal, si no creemos que por causa de él somos tenidos por justos? Creer empero es esto: Confiar en los méritos de Cristo, o sea, que por causa de él Dios quiere reconciliarse con nosotros. Y así como hay que sostener que además de la ley, es indispensable [70] la promesa de Cristo, así también hay que sostener que la fe justifica. Porque la ley no enseña una remisión gratuita de los pecados; además no se puede cumplir sin antes haber recibido el Espíritu Santo. Es, pues, preciso sostener que la promesa de Cristo es indispensable. Pero ésta no la podemos aceptar sino por la fe. Por tanto, quienes niegan que la fe justifica, no enseñan más que la ley, y han anulado tanto el evangelio como a Cristo.
Pero cuando se dice que la fe justifica, algunos tal vez entienden que se [71] habla del principio, es decir, que la fe es el comienzo de la justificación, o una preparación para la justificación, de modo que no sería la fe lo que nos hace aceptos a Dios, sino las obras que le siguen, y fantasean que se alaba tanto a la fe por cuanto se la considera el principio.56 Pues el principio ejerce una influencia poderosísima, y como suele decirse ἀαρχή ήμισυ παντός», el principio es la mitad del todo,57como si se dijera que la gramática hace doctores en todas las artes, porque prepara para las demás artes, aunque cuando uno llega a artesano es por su propio arte. No es ésta nuestra idea acerca de la fe, sino que sostenemos que somos considerados justos o aceptos a Dios propia y verdaderamente por la fe misma, por causa de Cristo. Y ya que «ser [72] justificados» significa «ser transformados de injustos en justos» o «ser regenerados», significa también «ser declarados o considerados justos». La Escritura usa tanto la una como la otra manera de expresarse. Por tanto, queremos dejar sentado en primer lugar que la fe sola transforma al injusto en un justo, es decir, obtiene remisión de pecados.58
[73] A algunos les molesta la palabra SOLA, aun cuando Pablo dice (Ro. 3:28): «Concluimos, pues que el hombre es justificado por fe sin las obras». Asimismo (Ef. 2:8-9): «Es don de Dios, no de vosotros, no por obras, para que nadie se gloríe». Y en Romanos 3:24: «Son justificados gratuitamente». Si no les agrada el término excluyente SOLA, eliminen también de los pasajes de Pablo las palabras: «Gratuitamente», «no por obras», «es don», etc. Porque también estos vocablos son excluyentes. En cambio, lo que sí excluimos es la idea del mérito. No excluimos la palabra o los sacramentos, como nos acusan calumniosamente nuestros adversarios. Pues ya hemos dicho que la fe tiene su origen en la palabra, y le otorgamos máxima distinción al ministerio [74] de la palabra. También el amor y las obras deben seguir a la fe. Por tanto, no las excluimos como que no le siguieran. Lo que sí queda excluida en la justificación es la confianza en nuestro amor y en nuestras obras como factores meritorios. Y esto lo demostraremos con toda claridad.
OBTENEMOS REMISIÓN DE PECADOS POR LA SOLA FE EN CRISTO
[75] Estimamos que hasta nuestros adversarios reconocen que en la justificación es necesario primero el perdón de pecados. Todos, en efecto, estamos bajo el pecado. Y por eso razonamos así:—
[76] Obtener remisión de pecados es ser justificados, de acuerdo con el texto (Sal. 32:1): «Bienaventurado aquel cuya transgresión ha sido perdonada». Por [77] la sola fe en Cristo conseguimos remisión de pecados, no por medio del amor, ni por causa del amor ni por las obras, si bien el amor sigue a la fe. Por [78] tanto, somos justificados por la fe sola, con el entendimiento de que «justificación» es la transformación de un hombre injusto en un justo, es decir, ser regenerado.
[79] De esta manera se puede aclarar sin dificultad la premisa menor,59 si sabemos cómo se consigue remisión de pecados. Nuestros adversarios se entregan a discusiones enteramente triviales acerca de si la remisión de pecados y la infusión de la gracia constituyen una sola transformación. Y como hombres inexpertos que son, no tienen respuesta que dar. En lo que respecta a la remisión de pecados, es preciso que en nuestros corazones sean vencidos los terrores del pecado y de la muerte eterna, como lo afirma Pablo (1 Co. 15:56 y sigte.): «El aguijón de la muerte es el pecado, y el poder del pecado, la ley. Mas gracias sean dadas a Dios, que nos da la victoria por medio de nuestro Señor Jesucristo». Quiere decir: El pecado llena a las conciencias de terror, y esto ocurre por causa de la ley, que nos muestra la ira de Dios contra el pecado; pero por Cristo seremos vencedores. ¿De qué modo? Por la fe, cuando cobramos ánimo por nuestra confianza en la misericordia prometida a causa de Cristo. Y de este modo aportamos la prueba para la premisa menor: [80] La ira de Dios no puede aplacarse si le oponemos nuestras obras, porque Cristo nos ha sido propuesto como propiciador, para que por su mediación, el Padre sea reconciliado con nosotros. Pero no podemos aprehender a Cristo como mediador sino por la fe. Por tanto, conseguimos remisión de pecados sólo por la fe, cuando levantamos nuestros corazones por nuestra confianza en la misericordia prometida a causa de Cristo. Asimismo dice Pablo, en [81] Romanos 5:2: «Por él (Cristo) también tenemos entrada al Padre», y añade: «Por la fe». Luego somos reconciliados con el Padre, y conseguimos remisión de pecados, cuando levantamos nuestros corazones por nuestra confianza en la misericordia prometida por causa de Cristo.60 Nuestros adversarios entienden que Cristo es mediador y propiciador por haber merecido el «hábito del amor»; pero no dicen que ahora debemos acudir a este mediador, sino que después de haber sepultado a Cristo por completo, se vienen con que tenemos entrada al Padre por nuestras propias obras, que por ellas merecemos ese hábito del amor, y que por ese amor nos acercamos después a Dios. ¿No es esto, por ventura, sepultar a Cristo por completo y anular toda la doctrina de la fe? Por el contrario, Pablo enseña que tenemos entrada al Padre, esto es, reconciliación por medio de Cristo. Y para mostrar cómo se produce esto, añade que tenemos entrada al Padre por la fe. Así, pues, conseguimos remisión de pecados por la fe, a causa de Cristo. A la ira de Dios no le podemos oponer nuestro amor y nuestras obras.
Segundo: Es cierto que los pecados son perdonados a causa de Cristo, [82] el propiciador. (Ro. 3:25): «A él (Cristo) Dios puso como propiciación». Pablo añade empero: «Por la fe». Nos beneficiamos, por tanto, con este propiciador, cuando por la fe aprehendemos la misericordia prometida en él, y la oponemos a la ira y al juicio de Dios. Y en el mismo sentido está escrito en Hebreos 4:14, 16: «Por tanto, teniendo un gran sumo sacerdote, etc., acerquémonos confiadamente». El apóstol nos manda, pues, que nos acerquemos a Dios, no confiados en nuestros méritos, sino poniendo nuestra confianza en Cristo, el sumo sacerdote. Lo que el apóstol requiere es, por lo tanto, que tengamos fe.
Tercero. En Hechos 10:43, Pedro dice: «De éste dan testimonio todos [83] los profetas, que todos los que en él creyeren, recibirán perdón de pecados por su nombre». ¿Pudo hablar con mayor claridad? El perdón de pecados, dice, lo recibimos por su nombre, esto es, por causa de Cristo. Luego no es por nuestros méritos, contrición, atrición,61 amor, culto u obras. Y añade: «Todos los que en él creyeren». Requiere, entonces, la fe. Pues no podemos aprehender el nombre de Cristo sino por la fe. Habla, además, de la opinión unánime de todos los profetas. Esto es, en verdad, alegar la autoridad de la iglesia. Mas este tema lo hemos de volver a tratar al hablar del arrepentimiento.62
[84] Cuarto. La remisión de pecados es algo que se nos promete por causa de Cristo. Por tanto, no puede ser recibida más que por la fe sola. Porque la promesa puede recibirse únicamente por la fe sola. Romanos 4:16: «Por tanto es por la fe, para que sea firme la promesa, conforme a la gracia».63 Como si dijera: Si la cosa dependiese de nuestros méritos, la promesa sería incierta e inútil, porque nunca podríamos determinar cuándo habíamos merecido lo suficiente. Esto lo pueden entender fácilmente las conciencias experimentadas. Por eso dice Pablo en Gálatas 3:22: «Mas Dios64 lo encerró todo bajo pecado, para que la promesa que es por la fe en Jesucristo fuese dada a los creyentes». Aquí el apóstol anula nuestro mérito, porque dice que todos somos culpables, y encerrados bajo pecado; y después añade que la promesa, a saber, de remisión y justificación, «es dada», y declara cómo puede ser recibida, es decir, por la fe. Este razonamiento, extraído de la naturaleza de la promesa, es para Pablo el más importante, y se repite muchas veces. Y no es posible inventar o imaginar razonamiento alguno con que se pueda derribar este argumento [85] de Pablo. Por tanto, no toleren los corazones sinceros que se los aparte de la aserción de que solamente por la fe conseguimos perdón, por causa de Cristo. En ella tienen consuelo seguro y firme contra los terrores del pecado, contra la muerte eterna y contra todas las puertas del infierno.
[86] Por tanto, como por la fe sola obtenemos perdón de pecados y recibimos el Espíritu Santo, la fe sola justifica, porque los reconciliados son considerados justos e hijos de Dios, no por razón de su propia pureza, sino por misericordia, a causa de Cristo, con tal que aprehendan por la fe esta misericordia. Por eso, la Escritura declara, (Ro. 3:26), que «Dios justifica al que es de la fe de Jesús». Agreguemos entonces los testimonios que dicen claramente que la fe es esa misma justicia por la cual somos justificados ante Dios, a saber no porque sea obra digna de por sí, sino porque recibe o acepta la promesa por la cual Dios asegura que por causa de Cristo quiere ser propicio a quienes en él creen, o porque la fe sabe que «Cristo nos ha sido hecho por Dios sabiduría, justificación, santificación y redención», (1 Co. 1:30).
En la Carta a los Romanos, Pablo pone este tema en un lugar destacado, [87] y afirma que somos justificados gratuitamente por la fe, todos los que creemos que Dios se ha reconciliado con nosotros por causa de Cristo. Esta proposición, que encierra el punto capital de toda la controversia, la presenta en el capítulo 3, vers. 26: «Concluimos, pues, que el hombre es justificado por fe sin las obras de la ley». Nuestros adversarios interpretan el pasaje como referencia a las ceremonias levíticas. Pero Pablo no habla sólo de ceremonias, sino de la ley entera. Más abajo, en efecto (Ro. 7:7), cita el mandamiento del Decálogo: «No codiciarás». Si las obras de la ley moral mereciesen perdón de pecados y justificación, no habría ninguna necesidad de Cristo, ni de la promesa, y caerían por tierra cuantos razonamientos hace Pablo sobre la promesa. Estaría equivocado también al escribir a los efesios (Ef. 2:8): «Porque por gracia sois salvos por medio de la fe; y esto no de vosotros, pues es don de Dios». Además, Pablo menciona también a Abraham y a David (Ro. 4:1, 6). Éstos empero habían recibido mandamiento de Dios acerca de la circuncisión. Entonces, si había alguna obra que justificaba, necesariamente también las obras de aquel entonces debían hacerlo, ya que contaban con un mandato. Pero Agustín dice acertadamente que Pablo habla de la ley entera, en aquella discusión suya tan datallada en la obra «Acerca del Espíritu y la Letra», donde termina con estas palabras: «Consideradas, pues, estas materias, y tratadas hasta donde nos lo han permitido las fuerzas que el Señor se ha dignado concedemos, deducirnos que el hombre no se justifica por los preceptos de una vida recta, sino por la fe en Jesucristo».65
Y para que no pensemos que la sentencia de que la fe justifica se le [88] escapó a Pablo por descuido, la defiende y confirma mediante una larga exposición en el capítulo cuarto de la Carta a los Romanos, y la repite después en todas las demás cartas. Dice así en Romanos 4:4–5: «Pero al que obra, no se le cuenta el salario como gracia, sino como deuda. Mas al que no obra, [89] sino cree en aquel que justifica al impio, su fe le es contada por justicia». Aquí dice claramente que la fe misma es contada por justicia. La fe es, pues, aquella cosa de la cual Dios declara que es «justicia», añadiendo que «es contada» gratuitamente, y negando que podría ser contada gratuitamente si fuese un salario adeudado por las obras. Por eso excluye también el mérito de las obras de la ley moral. Porque si a éstas se debiese como paga la justificación ante Dios, no se contaría por justicia la fe independientemente [90] de las obras. Y luego prosigue (Ro. 4:9): «Porque decimos que a Abraham [91] le fue contada la fe por justicia». En el capítulo 5:1, dice: «Justificados, pues, por la fe, tenemos paz para con Dios», esto es, tenemos conciencias tranquilas y alegres delante de Dios. Romanos 10:10: «Porque con el corazón se cree [92] para justicia». Aquí declara que la fe es justicia del corazón. En Gálatas 2:16 [93] escribe: «Nosotros también hemos creído en Jesucristo, para ser justificados por la fe de Cristo, y no por las obras de la ley». Y en Efesios 2:8: «Porque por gracia sois salvos por medio de la fe; y esto no de vosotros, pues es don de Dios; no por obras, para que nadie se gloríe».
[94] Juan, capítulo 1:12–13: «A todos los que le recibieron, a los que creen en su nombre, les dio potestad de ser hechos hijos de Dios, los cuales no son engendrados de sangre, ni de voluntad de carne, ni de voluntad de varón, [95] sino de Dios». Juan 3:14-15: «Y como Moisés levantó la serpiente en el desierto, así es necesario que el Hijo del hombre sea levantado, para que todo [96] aquel que en él cree, no se pierda». Y asimismo en el versículo 17: «Porque no envió Dios a su Hijo al mundo para condenar al mundo, sino para que el mundo sea salvo por él. El que en él cree no es condenado».
[97] Hechos 13:38–39: «Sabed, pues, esto, varones hermanos: Que por medio de él se os anuncia perdón de pecados; y que de todo aquello de que por la ley de Moisés no pudisteis ser justificados, en él es justificado todo aquel que cree». ¿Pudo hablarse con mayor claridad del oficio de Cristo y de la justificación? La ley, dice, no justificaba. Por eso nos ha sido dado Cristo, para que creamos que somos justificados por causa de él. En términos inequívocos le niega a la ley el poder de justificar. Luego somos considerados justos por causa de Cristo, si creemos que Dios se ha reconciliado con nosotros [98] por causa de Cristo. Hechos 4:11-12: «Este Jesús es la piedra reprobada por vosotros los edificadores, la cual ha venido a ser cabeza de ángulo. Y en ningún otro hay salvación; porque no hay otro nombre bajo el cielo, dado a los hombres, en que podamos ser salvos». Pero el nombre de Cristo se aprehende sólo por la fe. Por tanto, somos salvos por la confianza en el nombre de Cristo, y no por la confianza en nuestras obras. Porque «nombre» significa aquí la causa que se alega, por la que se alcanza la salvación. Y alegar el nombre de Cristo es confiar en el nombre de Cristo como en la causa o precio por el que somos salvos. Hechos 15:9: «Purificando por la fe sus corazones». [99] Por tanto, la fe de que hablan los apóstoles no es un conocimiento inoperante, sino un factor real que recibe el Espíritu Santo y que nos convierte en justos.
Habacuc 2:4: «Mas el justo por su fe vivirá». Aquí, el profeta dice, en [100] primer lugar, que los hombres son justos por la fe, mediante la cual creen que Dios les es propicio, y añade que esta misma fe vivifica, porque produce en el corazón paz, gozo y vida eterna.
Isaías 53:11: «Por su conocimiento justificará mi siervo justo a muchos». [101]66 Pero ¿qué es conocer a Cristo, sino conocer los beneficios67 de Cristo y las promesas que ha derramado sobre el mundo en su evangelio? Conocer estos beneficios es propia y verdaderamente creer en Cristo, creer que las promesas que ha hecho Dios por causa de Cristo las cumplirá con toda seguridad.
Pero la Escritura está llena de testimonios semejantes, ya que unas veces [102] se refiere a la ley, y otras a las promesas acerca de Cristo, del perdón de pecados y de recibir ese perdón en forma gratuita, a causa de Cristo.
También en los Padres se encuentran testimonios similares. Ambrosio [103] dice en su carta a Ireneo:68 «Además, el mundo fue sujetado a él por la ley, porque, según la prescripción de la ley, todos son culpados, y ninguno es justificado por las obras de la ley; esto es así porque el pecado se manifiesta por la ley, pero la culpa no queda aminorada en modo alguno. Parecía que la ley era perjudicial, pues los hacía pecadores a todos, pero cuando vino el Señor Jesús, les perdonó a todos ese pecado que nadie podía evitar, y borró con el derramamiento de su sangre la escritura que nos condenaba».69 Esto es lo que dice al apóstol: «Abundó el pecado por medio de la ley; sobreabundó empero la gracia por medio de Jesús».70 Porque habiendo quedado sujeto el mundo entero, Jesús quitó el pecado de todo el mundo, como lo atestiguó Juan Bautista diciendo (Jn. 1:29): «He aquí el Cordero de Dios, que quita el pecado del mundo». Por tanto, nadie se gloríe en las obras, porque nadie es justificado por lo que ha hecho. Mas el que es justo, lo es por haber recibido una dádiva, porque ha sido justificado después del bautismo.71 La fe es, pues, la que liberta por la sangre de Cristo, porque «bienaventurado aquel cuya [104] transgresión ha sido perdonada, y cubierto su pecado» (Sal. 32:1).—Estas son palabras de Ambrosio, claro apoyo de nuestra posición: Él hace una separación entre justificación y obras, y afirma que la fe nos hace libres por [105] la sangre de Cristo. Reúnanse en un montón todos los sentenciarios que se adornan con títulos altisonantes—pues a unos los llaman angélicos, a otros sutiles, y a otros irrefutables72—todos ellos, leídos y releídos, no contribuyen al entendimiento de Pablo tanto como esta sola sentencia de Ambrosio.
[106] Con el mismo objeto, Agustín escribe muchas cosas contra los pelagianos. En su obra titulada «Acerca del Espíritu y la Letra», dice así: «La justicia de la ley—a saber, que el que la cumple, tendrá vida en ella—seguramente fue puesta ante nuestros ojos con la intención de que cada cual, habiendo reconocido su debilidad, y conciliando al Dios Justificador—no por su porpia fuerza, o por la letra de la ley, lo cual es imposible, sino por la fe—llegue a alcanzar esa justicia, la haga realidad, y viva en ella. Una obra buena en el sentido de que quien la hace, tiene vida en ella—una obra tal no existe sino en el hombre justificado. La justificación empero se alcanza por la fe».73 Aquí, Agustín dice claramente que al Justificador se le aplaca por la fe, y que la justificación se consigue por la fe. Y casi a renglón seguido: «Por la ley tememos a Dios; por la fe esperamos en Dios. Pero a los que temen el castigo, la gracia les queda escondida. Si el alma sufre al estar bajo este temor etc., refúgiese mediante la fe en la misericordia de Dios, para que él conceda lo que él ordene.74 Aquí, Agustín enseña que los corazones son aterrorizados por la ley, pero consolados por la fe. Y nos enseña además que antes de tratar de cumplir la ley procuremos aprehender por la fe la misericordia. Más adelante citaremos algunos pasajes más.
[107] Es cosa verdaderamente extraña que a nuestros adversarios no los inmuten para nada los tantos pasajes de la Escritura que atribuyen claramente la justificación a la fe, y con igual claridad la niegan a las obras. ¿Creerán que todos estos son vanas y excesivas repeticiones? ¿Pensarán que se descuidó el [108] Espíritu Santo, sirviéndose de estas expresiones a la ligera? También han inventado un sofisma con el que las soslayan. Dicen que estos pasajes se [109] refieren a una fides formato75, es decir, no atribuyen la justificación a la fe, excepto con vistas al amor. Es más: La justificación no la atribuyen en absoluto a la fe, sino sola y exclusivamente al amor, porque sueñan que la fe puede coexistir con el pecado mortal.76 ¿Hasta dónde los lleva esto sino hasta una [110] nueva abdicación de la promesa y un regreso a la ley? Si la fe consigue remisión de pecados por causa del amor, el perdón de pecados siempre quedará en la incertidumbre, porque nunca amamos tanto cuanto debemos: Es más, no amamos sino cuando nuestros corazones se hallan firmemente convencidos de que nos ha sido concedida la remisión de pecados. Y así, nuestros adversarios, al requerir confianza en el propio amor para la remisión de pecados y la justificación, anulan por completo el evangelio de la remisión gratuita de pecados, aunque ese amor no lo pueden practicar ni entender, a no ser que crean que la remisión de pecados se consigue gratuitamente.
También nosotros decimos que el amor debe seguir a la fe, como lo [111] declara Pablo (Gá. 5:6): En Cristo Jesús ni la circuncisión vale algo, ni la incircuncisión, sino la fe que obra por el amor». Mas no por eso se ha de [112] creer que por la confianza en ese amor, o por causa de ese amor, conseguimos perdón de pecados y reconciliación, así como tampoco conseguimos perdón de pecados por otras obras «que siguen», sino por la fe sola; en efecto: Sólo por la fe propiamente dicha se consigue remisión de pecados, porque la promesa no se puede recibir sino por la fe. Ahora bien: La fe propiamente dicha [113] es la que acepta la promesa; y de esta fe se nos habla en la Escritura. Y por [114] cuanto obtiene remisión de pecados y nos reconcilia con Dios, por esa fe somos considerados justos a causa de Cristo, antes de que tengamos amor o cumplamos la ley, aunque el amor necesariamente tiene que aparecer en [115] consecuencia. Y por cierto, esta fe no es un conocimiento estéril, ni puede coexistir con el pecado mortal, sino que es obra del Espíritu Santo por la que somos libertados de la muerte, y por la que son animadas y vivificadas las [116] mentes aterrorizadas. Y como esta fe sola consigue remisión de pecados y nos hace aceptos a Dios, y hace que llegue a nosotros el Espíritu Santo, más correcto sería llamarla «gracia que le hace a uno acepto a Dios»,77 y no darle el nombre del efecto que sigue, es decir, «amor».
[117] A fin de arrojar mayor claridad sobre este asunto, hasta aquí hemos demostrado, con suficiente abundancia de testimonios de la Escritura, y con argumentos extraídos de la misma, que por la fe sola obtenemos remisión de pecados a causa de Cristo, y que por la fe sola somos justificados, esto es, [118] que somos transformados de injustos en justos o regenerados. Fácil es apreciar, entonces, cuán necesario es el conocimiento de esta fe, porque sólo ella nos da la comprensión cabal del oficio de Cristo, sólo por ella conseguimos los beneficios de Cristo, sólo ella lleva consuelo seguro y firme a los corazones [119] piadosos. Y es de máxima importancia que en la iglesia se mantenga viva una doctrina en la cual las personas piadosas pueden fundar una esperanza segura de salvación. Pues nuestros adversarios aconsejan mal a los hombres cuando les mandan dudar de que puedan conseguir remisión de pecados. ¿De dónde sacarán fuerzas en la hora de la muerte quienes nada han oído de esta [120] fe y creen que deben dudar de la remisión de pecados? Por otra parte, es necesario mantener en la iglesia el evangelio de Cristo, esto es, la promesa de que por causa de Cristo, los pecados son perdonados gratuitamente. Aniquilan por completo este evangelio quienes nada enseñan acerca de esta fe de que hablamos. Y son precisamente los escolásticos los que no dicen una [121] sola palabra en cuanto a esta fe. A ellos siguen nuestros adversarios, con su rechazo de esta fe. Y no ven que, al rechazarla, anulan por completo la promesa de la remisión gratuita de los pecados y de la justicia de Cristo.
36. Confutatio, CR 27, col. 93: Nam si quis intenderet improbare marita hominum, quae per assistentiam gratiae divinae fiunt: plus assentiret Manichaeis, quam ecclesiae catholicae. Omnino enim sacris literis adversatur negare meritoria opera nostra. («Pues si alguien intentara restar valor a los méritos de los hombres que son adquiridos mediante la asistencia de la gracia divina, estaría más de acuerdo con los maniqueos que con la iglesia católica. En efecto: Es totalmente contrario a las Sagradas Escrituras negar el carácter meritorio de nuestras obras».) Confutatio, CR 27, col. 99: Quod vero in eodem articulo iustificationem soli fidei tribuunt, ex diazmetro pugnat cum evangelica veritate, opera no excludente. («Pero que en el mismo artículo (sexto) atribuyan la justificación a la fe sola, está en oposición diametral al evangelio de la verdad, el cual no excluye las obras».)
37. O: Por acción (providencia, comunicación) divina, por el cielo, divinamente, etc. En el original: divinitus. Errónea la trad. en la ed. de Tappert: Apología, p. 108 naturally.
38. Texto lat.: Eliciat actum dilectionis Dei. Cf. Nota 130.
39. Respecto de la posibilidad de merecer de congruo la gracia primera: Gabriel Biel, Epitome et collectorium ex Occamo circa quatuor sententiarum Libros, lib. II, distinctio 27, quaestio unica, quarta conclusio (K) (Tübingen 1501, reimpresión inalterada Frankfurt/Main 1965: Anima obicia remotione ac bono motu in deum ex arbitrii libertate elicito primam gratiam mereri potest de congruo. Probatur quia actum facientis quod in se est deus acceptat ad tribuendam gratiam primam: no ex debito iustitiae, sed ex sua liberalitate. («Removido el impedimento, y despertado, por la libertad del albedrío, un movimiento bueno en dirección hacia Dios, el alma puede merecer de congruo la gracia primera. Esto queda probado por cuanto Dios acepta el acto del hombre que hace lo que está en él, para concederle la gracia primera—no como algo que Dios debe al hombre por la justicia de éste, sino por su liberalidad divina».) Respecto de «mérito de congruo» véase la nota siguiente.
40. Meritum congrui et meritum condigni. Mérito de congruo: «Billigkeitsverdienst», o «Angemessenheitsverdienst», «merit of fitness». Dicc. Durvan de la Lengua Española: «Merecimiento de las buenas obras sobrenaturales ejercitadas por el que está en pecado mortal, y que, aunque no pueden darle derecho a la gloria, por faltarle la gracia, suelen servir de congruencia para que Dios misericordiosamente le confiera auxilios para poder salir del estado en que se halla».—Gabriel Biel dice que es un mérito otorgado no como recompensa debida al que hace lo justo, sino por pura liberalidad: Meritum de congruo est sactus libere elicitus acceptatus ad aliguid retribuendum con ex debito iustitiae, sed ex sola acceptantis liberalitate (In Sent. lib. II, dist. 27, art. 1, not. 3, D, Epitome et collectorium ex Occamo circa quatuor sententiarum Libros, Tübingen, 1501. Meritum condigni, o de condigno es mérito debido, mérito a que el hombre tiene derecho ante Dios en vista de sus obras. (Dicc. Durvan de la Lengua Española: «Merecimiento de las obras sobrenaturales realizadas por el que está en gracia de Dios».) Buenaventura distingue entre meritum congrui, meritum digni y meritum condigni: Meritum congrui est quando peccator facit, quod in se est et por se. Meritum digni, quando iustus facit pro alio. Meritum condigni, quando isutus operatur pro se ipso, quia ad hoc ordinatur gratia de condigno (In Sent. I d 41. a. 1. qu. 1., BSLK, 163, nota 1). («Mérito de congruo: Cuando el pecador hace lo que esté de su parte, y en su propio beneficio; mérito digno, cuando el justo hace algo en favor de otro; mérito de condigno, cuando el justo obra en favor de él mismo, pues para esto se le concede la gracia de condigno».)
41. Carnales. Justus Jonas: «Große Sunden» (pecados groseros).
42. Ética, a Nicomaco V, 3, II.
43. Qui in natura iustificamini. Vulgata: Qui in le ge iustificamini. Versión R–V, rev. 1960, Gá. 5:4: De Cristo os desligasteis, los que por la ley os justificáis; de la gracia habéis caído.
44. De natura et gratia 40, 47. MSL 44, 270. CSEL 60, 268, 9.
45. De gratia et libero arbitrio 8, 19. MSL 44, 892.
46. Cicerón, De Legibus I, 7, 21 s. Epicuro, filósofo griego (341–277 a. de C.). Según él, los dioses no se hacen cargo de gobernar al mundo.
47. Cf. Nota 130.
48. En cuanto a peccata mortalia, peccata contra conscientiam, y peccatum regnans (seu dominans) en Melanchton (y en su ilustre discípulo Chemnitz) vid. el ricamente documentado análisis crítico de Gottfried Noth titulado «Peccata contra conscientiam», en Gedenkschrift für D. Werner Elert, editada por Friedrich Hübner junto con Wilhelm Maurer y Ernst Kinder, Berlín, 1955, pp. 211–219.
49. Melanchton, Loci de 1521, p. 167 ss. Kolde 4o ed. Werke II, 1 (1952), 91 ss. En su libro Melanchthon neben Luther (subtítulo: Studien zur Gestalt der Rechtfertigungslehre zwischen 1528 und 1537) 1965, Luther–Verlag, Witten, p. 98, Martín Greschat observa que esta definición de fides en la Apología de Melanchton se corresponde enteramente con la explicación que hace Lutero de Gálatas 2:16. Dice Lutero (WA XL 1, 228, 12 ss.): Fides non est aliqua otiosa qualitas in corde, quod fides Christiana possit consistere in peccato mortali, donec accedat charitas quae vivificet; sed si vera, est quaedam fiducia cordis et firmitas assensus quo apprehendo Christum («La fe no es cierta cualidad ociosa en el corazón, de modo que la fe cristiana pueda existir aun en un estado de pecado mortal hasta que se haga presente el amor que vivifica; antes bien, si es una fe verdadera, es una confianza arraigada en el corazón y una firme aceptación con que aprehendo a Cristo».)
50. Culto, adoración que sólo se debe a Dios. Cf. Romanos 9:4; 12:1.
51. Quare inter se correlative comparat et connectit promissionem et fidem. Texto alemán: Da heftet und verbindet Paulus die zwei also zusammen, das, wo Verheissung ist, da muss auch Glaube sein usw. und wiederum ‘correlative’, wo Verheissung is, da fordert Gott auchGlauben. («Ahí Pablo liga estrechamente las dos cosas, de tal manera que donde hay promesa, debe haber también fe, etc., y por otra parte, correlativamente, donde hay promesa, Dios también requiere fe».) En el segundo miembro, Justus Jonas probablemente quiso escribir: Donde se requiere fe, allí debe haber también promesa.
52. Texto alemán: Die ganze Schrift, altes und neues Testaments, wenn sie Gott und Glauben redet, braucht viel dieses Worts: Güte, Bermherzigkeit, ‘misericordia’. («La Escritura entera, tanto del Antiguo Testamento como del Nuevo, al hablar de Dios y de la fe, emplea frecuentemente esta palabra: Bondad, misericordia».)
53. Es decir, el objeto de la fe.
54. En virtud de la obra realizada.
55. Sententiarum libri IV, la afamada dogmática de Pedro Lombardo, profusamente comentada a fines de la Edad Media. Vid. nota 16 en Apología II.
56. Cf. Concilio de Trento, Sess. VI, capit. 8 (texto latino de Denzinger–Schönmetzer, Enchiridion Symbolorum, ed. de 1965, número 1532): Cum vero Apostolus dicit, iustificari hominem ‘per fidem’, et ‘gratis, ea verba in eo sensu intelligenda sunt, quem perpetuum Ecclesiae catholicae consensus tenuit et expressit, ut scilicet per fidem ideo iustificari dicamur, quia ‘fides est humanae salutis initium’, fundamentum et radis omnis iustificationis, ‘sine qua impossibile est placere Deo’ et ad filiorum eius consortium pervenire. («Por lo tanto, cuando el Apóstol dice que el hombre es justificado ‘por la fe’ y ‘gratuitamente’, estas palabras deben entenderse en el sentido que el consenso perpetuo de la iglesia católica mantuvo y expresó, o sea: Decimos que somos justificados por medio de la fe por cuanto ‘la fe es el comienzo de la salvación del hombre, el fundamento y la raíz de toda justificación, sin la cual es imposible agradar a Dios y llegar a formar parte de la compañía de sus hijos’».) El Enchiridion de Denzinger–Schönmetzer tiene la siguiente nota remisiva (initium): Fulgentius Rusp., «De fide Ib. adpetrum, prolog, párr. 1 (PL 65, 671 / PL 40, 753 [ = Ps. Aug.].» Resulta que las palabras del texto tridentino fides est humanae salutis initium son un breve compendio de la dogmática De fide ad Petrum sive de regula verae fidei liber unus, del africano Fulgencio, obispo de Ruspe (507–533). Dicho compendio fue de mucho uso en la Edad Media, porque se creía que era de la pluma de Agustín. Erasmo demostró que Agustín no es el autor (cf. Migne, PL 40, 751–752, Admonitio).
57. Platón, leg. 6.
58. Vid. Apología IV, 78; Fórmula de Concordia, Decl. Sól. III, 18 ss. Vid. también literatura en BSLK 158, nota 2. Hans Engelland (Melanchton, Glauben und Handeln, München, 1931, p. 541, nota 18) dedica 27 páginas (541–568) a los debates en tomo de la cuestión planteada en Apología IV, 72.
59. De Duns Escoto y sus seguidores.
60. Cf. Melanchton, Loci communes de 1521, Melanchthons Werke, ed. de R. Stupperich, II, p. 92: Est itaque fides non aliud nisi fiducia misericordiae promissae in Christo («Así, pues, la fe no es otra cosa sino la confianza en la misericordia que nos ha sido prometida en Cristo».)
61. Segùn la teologia católica romana, la attritio, llamada también timor servilis, es una etapa inicial, imperfecta aún, de la contrición, que por lo común nace de la consideratión de lo torpe que es el pecado, o del temor al infierno y a los castigos. Cf. Concilio de Trento, Sess. XIV, cap. 4, Denzinger–Schönmetzer, Enchiridion Symbolorum, ed. de 1965, No. 1678: Illam vero contritionem imperfectam, quae attritio dicitur, quoniam vel ex turpitudinis peccati consideratione vel ex gehermae et poenarum metu communiter concipitur … La contrición en cambio es un arrepentimiento cabal, un dolor profundo por haber ofendido a Dios, y tiene su raíz en el temor de Dios. En cuanto a la teoría escolástica de contritio y attritio, Ernst Wolf (BSLK, p. 440, nota 1) remite a O. Scheel, Martin Luther II (1930), 288 s y Herzog–Hauck, Realencyklopädie für protestantische Theologie und Kirche, 3 ed. XVII, 714.
62. Vid. artículo XII, párr. 66.
63. Ro. 4:16. Reina-Valera, rev. I960: «Por tanto, es por fe, para que sea por gracia, a fin de que la promesa sea firme…»
64. Gá. 3:22. Reina-Valera: «Mas la Escritura lo encerró…»
65. De spiritu et litera 13, 22. MSL 44, 2 214 s.; CSEL 60, 176, 13.
66. Is. 53:11. En el original: Notitia eius iustificabit multos. Texto alemán: Sein Erkenntnis wird viel gerecht machen. («El conocimiento del mismo hará justos, o justificará, a muchos».) Algunas versiones (entre ellas, la Biblia de Jerusalén) tienen «sufrimientos» en lugar de «conocimiento», de acuerdo con un manuscrito hebreo.
67. Melanchton, Loci communes de 1521: Hoc est Christum cognoscere, beneficia eius cognoscere («Conocer a Cristo es conocer los beneficios que nos vienen de Cristo»); p. 65 Kolde, Werke II, 1, del año 1952, 7, 10.
68. Ep. 73 MSL 16, 1307 s.
69. Col. 2:14. En el original chirographum.
70. Cita algo libre de Ro. 5:20.
71. Post lavacrum. Concordia Triglotta, p. 151: «After the laver». J. Pelikan, en Tappert, p. 122: «After being washed». Post puede traducirse también con «desde», como en post hominum memoriam, «desde tiempos inmemoriales».
72. Tomás de Aquino, Doctor Angelicus; Duns Escoto, Doctor Sibtilis; Alejandro de Hales, Doctor Irrefragabilis.
73. ldeo quippe proponitur iustitia legis, quod qui fecerit earn, vivet in ilia, ut cum quisque infirmitatem suam cognoverit, non per suas vires neque per literam ipsius legis, quod fieri non potest, sed per fidem concilians iustificatorem perveniat et faciat et vivat in ea. Opus rectum, quod qui fecerit, vivet in eo, non fit nisi in iustificato, Iustificatio autem ex fide impetratur (BSLK, p. 182). Justus Jonas (loc. cit.) traduce: «Darum wird uns das Gesetz und seine Gerechtigkeit fürgehalten, dass, wer sie thut, dadurch lebe, und dass ein jeder, so er sein Schwachheit erkennet, zu Gott, welcher allein gerecht macht, komme, nicht durch sein eigen Kraafte noch durch den Buchstaben des Gesetzes, welchen wir nicht erfüllen können, sondern durch den Glauben. Ein recht gut Werk kan niemands thun, denn der zuvor selbst gerecht, fromm und gut sei; Gerechtigkeit aber erlangen wir allein durch den Glauben». («Por esto se lleva a nuestro conocimiento la ley y su justicia, a fin de que el cumplidor de la misma obtenga la vida, y a fin de que todo hombre, al darse cuenta de su propia debilidad, se dirija hacia Dios, el único que puede hacernos justos, no por las propias fuerzas del hombre ni mediante la letra de la ley, que no somos capaces de cumplir, sino por medio de la fe. Nadie puede hacer una obra verdaderamente buena a menos que él mismo ya sea una persona justa, recta y buena. La justicia empero la alcanzamos solo por medio de la fe».)
74. De spiritu el litera 29, 51. MSL 44, 232/2; CSEL 60; 207, 4 y 208, 5.
75. Dicunt de fide formata accipi debere. H. G. Pöhlmann, (Apologie p. 65) toma «justificación» como sujeto de accipi debere, y traduce: «Sie sagen, die Rechtfertigung müsse vom geformten Glauben empfangen werden» («Dicen que la justificación tiene que ser recibida por medio de la fe formada»). Entendemos sin embargo que la interpretación correcta de accipi debere es la de Justus Jonas (BSLK, p. 183): «sind zu verstehen» (deben ser entendidos, i. e. los textos). Fides formata, es decir, fides caritate formata («la fe formada por el amor», «Glaube durch die Liebe gestaltet» o «geformt», «faith fashioned by love») la fe que es viva a base del amor, la fe que obra impulsada por el amor (cf. Vulgata Gá. 5:6: fides quae per caritatem operatur), y que se diferencia de la fides informis por el hecho de que esta última es una fe carente de amor. Cf. Tomás de Aquino, Summa Theologiae, II, 1. q. 113, a. 4 ad 1, donde dice que el impulso de la fe no es perfecto a menos que ésta esté formada por el amor, y que por lo tanto, en la justificación del impío existe, simultáneamente con el impulso de la fe, también el impulso del amor (Motus fidei non est perfectus, nisi sit caritate formatus, unde simul in iustificatione impii cum motu fidei est etiam motus caritatis).
76. Contra la doctrina de la fides informis. Vid. también la nota anterior, fides formata.
77. Gratia gratum faciens.